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Responsabilidad de la Administración por infracción del Derecho Comunitario

Sentencia de la Audiencia Nacional de 10 Julio de 2013 (Rec. Nº182/2011)

13/12/2013

En el supuesto enjuiciado, la incorrecta aplicación de una norma de Derecho comunitario dio lugar al giro de una liquidación tributaria, en el seno de un procedimiento de inspección, que provocó el ingreso de una suma de dinero que los sujetos pasivos no debieron ingresar.

La Audiencia Nacional declara la responsabilidad patrimonial de la Administración por cuanto (i) la Directiva analizada confería derechos a los particulares, (ii) el contenido de estos derechos podía ser identificado con arreglo a la misma (en este caso, la no inclusión de unas subvenciones en la base imponible del IVA) y (iii) la incorrecta interpretación de la norma comunitaria ocasionó una liquidación tributaria que supuso un perjuicio económico para el sujeto pasivo por cuanto las sumas ingresadas no debieron ser satisfechas.

Adicionalmente, entiende el Tribunal que la responsabilidad patrimonial de la Administración se extiende en este caso incluso a aquellos supuestos en los que los sujetos pasivos afectados no hubiesen recurrido la declaración tributaria que da lugar al pago de las sumas indebido, por cuanto, la ruptura del nexo causal no se admite como causa de desestimación cuando se trata de casos de aplicación de normas contrarias a Derecho comunitario.

Fuente
Boletín Contencioso Tributario - Diciembre 2013
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Autores

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María González Fornos
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Jaime Almenar Belenguer