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Suspensión cautelar Instrucción DGRN sobre legalización de libros de los empresarios

Aplicación del artículo 18 de la Ley 14/2013

28/04/2015

En lo que respecta a la Alerta Mercantil circulada recientemente por CMS Albiñana & Suárez de Lezo relativa a la Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado, de 12 de febrero de 2015, sobre la legalización de libros de los empresarios en aplicación del artículo 18 de la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (la “Instrucción DGRN 2015”), se comunica que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en auto de 27 de abril de 2015 ha acordado la suspensión cautelar de su aplicación (el “Auto de Suspensión”).

Señala el Auto de Suspensión que la suspensión de la aplicación de la Instrucción DGRN 2015 no ocasionaría ningún inconveniente grave al interés público ni paralizaría la función del Registro Mercantil, pues se podría seguir revisando para su legalización los libros en soporte papel o electrónico, como se venía haciendo hasta ahora.

Por último, el Auto de Suspensión concluye sobre la posibilidad de seguir aplicándose el sistema de legalización previsto anteriormente a la publicación de la Instrucción DGRN 2015, que había resultado útil y suficiente para dar cumplimiento a tal fin y que, por tanto, puede seguirse aplicando más allá del 30 de abril de 2015 y hasta que recaiga la sentencia en el recurso objeto de este comentario. Así las cosas, hasta el momento en que la correspondiente sentencia ponga fin al referido recurso, señala el Auto de Suspensión que “puede proseguirse con el régimen previamente existente (y que, de facto, muchos Registradores Mercantiles venían aplicando hasta la aprobación de la Instrucción, sin causar mayor impacto)”.

Fuente
Alerta Mercantil | Abril 2015
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Autores

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Antonio Pino
Counsel
Madrid