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AMPLIAN APLICACIÓN DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS

Informativo Legal N° 1070

Octubre 2019

Hoy se publicó la Resolución de Superintendencia (“RS”) 211-2019-SUNAT, mediante la cual se modifica la RS 014-2008-SUNAT para incorporar nuevos supuestos de actos administrativos que pueden ser notificados por el medio electrónico Notificaciones SOL.

Entre otras cuestiones, se ha incorporado la posibilidad de notificar las resoluciones de SUNAT que se pronuncian sobre:

(i) El extorno de los fondos ingresados como recaudación en el sistema de detracciones.

(ii) La distribución de depósito de detracciones de Contratos de Colaboración Empresarial sin Contabilidad Independiente.

(iii) Recursos administrativos regulados por la Ley del Procedimiento Administrativo General, en el marco de procedimientos no contenciosos no vinculados a la determinación de la obligación tributaria.

(iv) La veracidad y exactitud de las declaraciones rectificatorias.

(v) Suspensión del procedimiento de cobranza coactiva.

(vi) Emisión y entrega del cheque del tercero retenedor.

(vii) Extinción de deuda por declaración de quiebra.

(viii) Cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Fiscal o el Poder Judicial.

(ix) Requerimientos en el marco de procedimientos de devolución de pagos indebidos o en exceso y/o compensación de deudas tributarias aduaneras, o en el procedimiento de aplazamiento y/o fraccionamiento de deudas tributarias aduaneras.

Estas modificaciones entran en vigencia hoy, 28 de octubre de 2019.