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Emiten recomendaciones para el manejo de residuos sólidos durante la Emergencia Sanitaria por COVID-19

Informativo Legal | Ambiental

18 de mayo de 2020

Aprueban las “Recomendaciones para el manejo de residuos sólidos durante la Emergencia Sanitaria por COVID-19 y el Estado de Emergencia Nacional en domicilios, centros de aislamiento temporal de personas, centros de abasto, bodegas, locales de comercio interno, oficinas administrativas y sedes públicas y privadas, y para operaciones y procesos de residuos sólidos”

El día domingo 17 de mayo del presente, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, la Resolución Ministerial N° 099-2020-MINAM, mediante la cual se aprueban las “Recomendaciones para el manejo de residuos sólidos durante la Emergencia Sanitaria por COVID-19 y el Estado de Emergencia Nacional en domicilios, centros de aislamiento temporal de personas, centros de abasto, bodegas, locales de comercio interno, oficinas administrativas y sedes públicas y privadas, y para operaciones y procesos de residuos sólidos” (en adelante, las “Recomendaciones”).

Dicho documento tiene por objeto establecer lineamientos para el adecuado manejo de los residuos sólidos generados en las instalaciones que señala su título, en el marco de la Emergencia Sanitaria y el Estado de Emergencia Nacional declarados a consecuencia del brote del COVID-19; a fin de contribuir con la disminución de la propagación del coronavirus y minimizar los riesgos de afectación a la salud de las personas y al ambiente.

Ámbitos de aplicación

Así, las recomendaciones son aplicables -a nivel nacional- a ciertos ámbitos específicos, entre los cuales tenemos:

  • Domicilios del área urbana y rural.
  • Centros de aislamiento social obligatorio temporal de personas (como hospedajes u otros similares): Comprende a todos los residuos sólidos generados en los centros donde se encuentren las personas cumpliendo el aislamiento social obligatorio temporal, tales como materiales desechables; alimentos consumidos y sin consumir (descartados); materiales de comunicación impresos (revistas, folletos, periódicos, entre otros); entre otros.
  • Locales de comercio interno: Comprende a todos los residuos generados en complejos comerciales, centros comerciales, galerías comerciales, almacenes o tiendas por departamento, supermercados. Adicionalmente, se extienden las orientaciones para restaurantes, cines y actividades de comercio en general que impliquen asistencia/atención masiva de personas.
  • Oficinas administrativas y sedes públicas y privadas: Comprende a todos los residuos generados en todo lugar o local donde se realiza un trabajo profesional de gestión, administración, jurídico, contable, entre otros, tanto públicos como privados.
Principales lineamientos para locales de comercio interno y oficinas administrativas

Entre los principales lineamientos orientados hacia el manejo de residuos sólidos en locales de comercio interno y oficinas administrativas, encontramos los siguientes:

1. No entregar bolsas plásticas de un solo uso que tengan una dimensión menor a 900 cm2 y un espesor menor a 50 micras, cuya finalidad sea cargar o llevar bienes. Asimismo, no deben adquirir bolsas plásticas, sorbetes plásticos ni envases de poliestireno expandido (conocido como tecnopor) para bebidas y alimentos. En todo caso, las referidas prohibiciones se encuentran exceptuadas cuando se trate de bolsas para contener alimentos a granel, alimentos de origen animal o insumos húmedos elaborados o preelaborados.

2. Contar con recipientes de almacenamiento de residuos sólidos rígidos, con tapa tipo vaivén o accionada con pedal. Asimismo, los recipientes deben estar rotulados (señalizados), cuya capacidad debe estar acorde con la frecuencia de recolección y el volumen de generación diario. De igual manera, recomendamos tener en cuenta la NTP 900.058:2019, GESTIÓN DE RESIDUOS. Código de colores para el almacenamiento de residuos sólidos.

3. En el interior de los recipientes se debe colocar una bolsa plástica de polietileno cuya capacidad sea igual a la del recipiente y que permita el retiro adecuado de los residuos sólidos generados en estos establecimientos.

4. Respecto al procedimiento de recolección interna, considerar lo siguiente:

  • Las bolsas que se encuentren llenas hasta las ¾ partes de su capacidad deben ser amarradas con doble nudo, cerradas herméticamente y asegurándose que no presenten ningún rasguño u orificio. Posteriormente, se debe desinfectar las bolsas antes de ser llevadas al área de almacenamiento temporal con solución de hipoclorito de sodio (lejía) al 0.5% de dilución, el cual debe contar con la autorización de la DIGESA.
  • Las mascarillas y guantes descartables utilizados por los trabajadores deben ser retirados con cuidado luego de su uso. En el caso de las mascarillas, estas deben doblarse a la mitad de modo que las gotas generadas de la nariz y boca no queden expuestas; luego, se deben romper las tiras, lazos o bandas (para evitar su reúso). Ambos tipos de EPP deben disponerse en una bolsa plástica, que debe ser amarrada con doble nudo y, en la medida de lo posible, se le debe rociar una solución de hipoclorito de sodio (lejía) al 0.5% de dilución o según las indicaciones de desinfección del etiquetado del producto, para su posterior disposición final en los recipientes de los locales. Por ningún motivo se deberán disponer estos materiales en la vía pública, ni abrir las bolsas.En el caso de las bolsas que contengan residuos aprovechables, el personal de limpieza deberá rotularlas con una etiqueta que indique el día de cerrado (día/mes/año) y rociarlas con solución de hipoclorito de sodio (lejía) al 0.5% de dilución o de acuerdo con indicaciones de desinfección del etiquetado del producto.

5. La administración de estas instalaciones deberá establecer la frecuencia y ruta para el recojo interno de los residuos generados y su traslado hacia el área de almacenamiento temporal. Asimismo, deberá asegurarse que el personal de limpieza cuente y utilice adecuadamente los EPP respectivos, el cual además tendrá que entregar los residuos en el día y horario establecido, al personal encargado de la recolección de los mismos.

6. El área de almacenamiento temporal deberá estar señalizada y tener acceso restringido únicamente para el personal autorizado. Se recomienda que esta área no se ubique cerca de lugares donde se almacenen productos de consumo, a fin de evitar la contaminación cruzada. Asimismo, dicha área deberá tener un contenedor o recipiente de gran volumen o varios contenedores de menor capacidad, que cuenten con tapa, en los cuales se colocarán las bolsas con residuos recolectadas internamente en las instalaciones. El suelo deberá ser impermeable y lavable, para facilitar su limpieza y desinfección diaria.

7. Algunas de dichas disposiciones resultan aplicables al manejo de residuos sólidos en centros de aislamiento social obligatorio temporal de personas, en cuanto correspondan. Particularmente, las Recomendaciones señalan que, en dichos establecimientos, se debe realizar una estimación del volumen de residuos sólidos generados por día en función del número de personas aisladas, considerando una generación máxima de 1 kg/día/persona y una densidad de 300 kg/m3. Ello, a fin de determinar las características que debe tener su área de almacenamiento temporal.

Recomendaciones que deben ser aplicadas por los trabajadores

Finalmente, se establecen las siguientes recomendaciones que deben ser aplicadas por los trabajadores en cuanto a la limpieza y desinfección en el manejo de residuos sólidos:

  1. Antes de retirarse las mascarillas o EPP, se deben lavar las manos con agua y jabón, por al menos veinte (20) segundos. En caso de usar guantes, luego de retirárselos, se debe proceder con el lavado de manos, conforme a lo indicado previamente. En caso de no tener la disponibilidad de agua y jabón, se debe proceder con la desinfección de manos con una solución de alcohol al 70%.
  2. El tacho o recipiente en el que se disponga la bolsa con los residuos sólidos debe ser lavado con detergente y desinfectado diariamente, con una solución de hipoclorito de sodio (lejía) diluida al 1% o según las instrucciones de desinfección señaladas en la etiqueta del producto, el cual debe contar con autorización sanitaria de DIGESA, y dejar actuar durante cinco (5) minutos, como mínimo. De igual manera, se recomienda la limpieza y desinfección de las áreas donde estarán dispuestos los contenedores de estos residuos, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Guía de Limpieza y Desinfección de Manos y Superficies aprobada por INACAL (Resolución Directoral N° 003-2020-INACAL/DN).
  3. Para la limpieza y desinfección de superficies, se recomienda el uso de guantes descartables. En caso de contar con guantes reutilizables, estos deben ser utilizados de manera exclusiva para tal fin y deben ser limpiados luego de cada uso, de acuerdo con las instrucciones del fabricante.
  4. La limpieza y desinfección de superficies (pisos, paredes, ventanas, manijas de puertas, entre otras de mayor contacto) se debe realizar en húmedo (no barrer ni sacudir), utilizando paños, trapeadores, mopas u otros, con detergente o con una solución de hipoclorito de sodio (lejía) diluida al 0.5% o según las instrucciones de desinfección señaladas en la etiqueta del producto. Todos los productos que se utilicen deben contar con el Registro, Autorización Sanitaria o Notificación Sanitaria Obligatoria correspondiente.

Después de realizar las actividades de limpieza y desinfección, se debe proceder con el lavado de los artículos con agua y detergente, para posteriormente desinfectarlos con solución de hipoclorito de sodio (lejía); y, luego se debe proceder con el descarte de los guantes y las mascarillas, para proseguir con el lavado de manos por veinte (20) segundos.