Home / Publicaciones / Establecen Plan de reactivación de actividades en...

Establecen Plan de reactivación de actividades en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp

Informativo | Inmobiliario y Construcción

28 de mayo de 2020

El sábado 23 de mayo de 2020, se publicó en el diario oficial “El Peruano” la Resolución N° 052-2020-SUNARP/SN, mediante la cual se aprueba el “Plan de reactivación de las actividades en la Sunarp”.

El Plan de reactivación de las actividades en SUNARP tiene como objetivo establecer las actividades que realizará la Superintendencia Nacional de Registros Públicos en el marco de la declaratoria de Emergencia Nacional y Aislamiento Social Obligatorio como consecuencia del COVID-19, implementando una estrategia de reanudación gradual y progresiva de las actividades relacionadas a la prestación de servicios registrales.

A continuación, detallamos los objetivos, requisitos previos y prestación de servicios en cada una de las fases aprobadas por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos:

Se debe tener en cuenta que no todas las oficinas registrales a nivel nacional adoptaran de manera simultánea las fases de intervención para brindar servicios registrales; es decir, que la Jefatura de cada Zona Registral incorporara las oficinas registrales que tenga a su cargo en la fase correspondiente, cuando dichas oficinas cuenten con los elementos de seguridad y sanitarios necesarios para ello.

Asimismo, la Resolución indica que, de manera previa al inicio y ejecución de las fases señaladas anteriormente, los Órganos Desconcentrados y Sede Central para la ejecución del “Plan de reactivación de las actividades en la Sunarp”, deben haber cumplido con:

  1. Aprobar el “Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID- 19 en el trabajo”, registrarlo en el Sistema Integrado para COVID-19 (SISCOVID) y remitirlo al Ministerio de Salud al correo electrónico: mesadepartesvirtual@minsa.gob.pe.
  2. Implementar lo dispuesto en el “Protocolo de acción de prevención, vigilancia de la salud y control de riesgos frente al brote de Coronavirus (COVID-19) en la Sunarp”. 
  3. Cumplir con la normatividad vigente y las que se emitan, en el marco de la emergencia sanitaria, en lo que resulte aplicable, debiendo garantizar la salud de los servidores/as y del publico usuario.

Titulos presentados antes del Estado de Emergencia

En el caso de los títulos presentados antes del Estado de Emergencia Nacional, se continuará aplicando la suspensión del plazo del procedimiento hasta el 10 de Junio de 2020, conforme lo dispone el artículo 1 del Decreto Supremo N° 087-2020-PCM. En caso de no prorrogarse la suspensión se procederá a su calificación o la aplicación de prórrogas a la vigencia de los asientos de presentación dispuestas por los Jefes Zonales.

Si tienes alguna duda, puedes comunicarte con nuestros especialistas del área de Inmobiliario y Construcción, Carolina GajateJose PanduroGustavo Atarama y Carmen Assereto

Referencias Jurídicas
Fases del Plan de reactivación de actividades Sunarp