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Poder Judicial suspende plazos procesales hasta el 14 de febrero de 2021 en Lima, Callao y otros siete departamentos

Alerta Legal | Solución de Conflictos

1 de febrero, 2021

Mediante Resolución Administrativa N° 25-2021 del 29 de enero de 2021, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto suspender los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos, que se encuentren ubicados en nivel de alerta extremo, esto es, para los departamentos de Lima, Ancash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac; así como la Provincial Constitucional del Callao.  

La resolución administrativa en mención entra en vigencia desde el 01 hasta el 14 de febrero del presente año y hace referencia además a la suspensión del trabajo presencial y el establecimiento del trabajo remoto en el horario de ocho horas diarias; para el cumplimiento de esto último se ha autorizado a los jueces el retiro de los expedientes de sus despachos. 

Es importante hacer mención que durante este tiempo todas las audiencias deberán ser virtuales; sin embargo, cuando no se cuente con las condiciones tecnológicas o de conectividad indispensables y ante casos de urgencia, excepcionalmente podrá realizarse de modo presencial.

En cuanto a las notificaciones, estas deberán ser realizadas electrónicamente a través del SINOE, pudiendo realizarse de forma presencial luego de levantadas las restricciones sanitarias. 

Para la recepción de documentos se realizará mediante la Mesa de Partes Electrónica para todas las especialidades, pudiendo realizarse mediante documentos firmados digitalmente o con firma gráfica escaneada, con excepción de las Cortes en la que se utiliza el uso de Mesa de Partes Virtual Penal para la especialidad penal. 

También se ha ordenado a todos los Presidentes de las Salas de la Corte Suprema y Presidentes de Cortes Superiores de Justicia, la implementación de mesas de partes físicas necesarias, acorde al flujo de litigantes, quienes recibirán escritos de forma excepcional cuando no sea posible su presentación de forma virtual, referidos a requisitoriados, extradiciones, hábeas corpus, detenciones preliminares, prisiones preventivas y similares; así como violencia familiar, medidas cautelares, admisión y medidas cautelares en proceso de amparo, consignación y endose por alimentos.