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Mediante el Decreto Supremo 120-2022-EF, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 12 de junio del 2022, se establecieron las normas reglamentarias para la aplicación de la Ley 31362 “Ley de pago de facturas MYPE a treinta días” (en adelante, “la Ley”), que regula el pago de facturas y recibos por honorarios a fin de proveer liquidez a las micro y pequeñas empresas (“MYPE”).
Disposiciones reglamentarias
Límite a las ventas anuales de las MYPE que emiten estos comprobantes
El proveedor de bienes o servicios bajo el ámbito de aplicación de la Ley 31362 no debe tener ventas anuales que superen las 1700 Unidades Impositivas Tributarias (Artículo 2 del DS 120-2022-EF).
Forma de pago de la factura o recibo MYPE
El pago de la factura o recibo por honorarios debe realizarse a través de empresas del sistema financiero. Ello acredita el cumplimiento de la obligación dineraria del adquirente (Artículo 7 del DS 120-2022-EF).
Documentación para acreditar la factura o recibo MYPE
Junto a la emisión del comprobante, la MYPE debe entregar al adquirente:
- Declaración Jurada del Impuesto a la renta anual del ejercicio inmediatamente anterior a la fecha de emisión del comprobante.
- Número de cuenta bancaria en la que debe abonarse el importe del comprobante.
Esto según lo dispuesto el artículo 4 del DS 120-2022-EF.
Plazo para cancelar la factura o recibo MYPE
El adquirente deberá pagar al proveedor el monto total de la factura o recibo por honorario emitido por una MYPE, en un plazo máximo de 30 días calendario desde la fecha de emisión del comprobante, salvo se pacte plazo distinto según 3er. párrafo del artículo 3 de la Ley (Artículo 3 del DS 120-2022-EF).
En caso de pactarse un plazo de pago mayor a 30 días calendario, se debe dejar constancia del acuerdo mediante escritura pública o documentos con firmas legalizadas notarialmente. Asimismo, dicho acuerdo debe contener la siguiente información mínima:
- Identificación de las partes.
- Fecha de celebración del acuerdo.
- Plazo de pago acordado.
- Tasa de interés.
- Vigencia del acuerdo.
- De acordarse el pago en cuotas, las fechas de cada una.
- Firma de las partes, con la declaración expresa por parte del proveedor de que en el acuerdo no se constituye abuso.
Esto según lo dispuesto por el artículo 5 del DS 120-2022-EF.
Pago de intereses moratorios
Ante el incumplimiento en el plazo previsto, se deberá pagar el interés moratorio pactado. Los intereses se abonarán en la cuenta bancaria previamente indicada por el proveedor al emitirse el comprobante MYPE. Además, por el pago de intereses se deberá emitir el comprobante de pago que corresponda.
En ausencia de pacto, se aplica la tasa de interés para operaciones entre personas ajenas al sistema financiero conforme a la circular del Banco Central de Reserva del Perú (Artículo 6 del DS 120-2022-EF).
Estas disposiciones entran en vigencia a partir del 13 de junio del 2022.