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Un pequeño paso para el hombre, pero un gran paso para lo laboral

11 de junio, 2021

En camino a la unificación de criterios

El 07 de mayo del 2021, la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) de SUNAFIL, emitió la Resolución Nº 001-2021-SUNAFIL/TFL, en la cual, se pronunció sobre la jornada de trabajo, horario y labores en sobretiempo. Esta Resolución constituye el primer pronunciamiento emitido por este colegiado desde su creación.

¿Sabías qué?

El Tribunal de Fiscalización Laboral de SUNAFIL es el órgano resolutivo con independencia técnica de SUNAFIL, encargado de resolver en última instancia administrativa los casos sometidos a su competencia, mediante la interposición de un recurso de revisión.

¿Desde cuándo existe?

En el mes de enero de 2013, la Ley de creación de Sunafil, dispuso la conformación de un Tribunal de Fiscalización Laboral, sin embargo, recién el 31 de marzo del 2021 se instaló la Primera Sala del TFL y comenzó a operar como órgano independiente adscrito a SUNAFIL.

Un gran paso en materia laboral

El TFL es el encargado de resolver, de forma excepcional, las infracciones laborales imputadas al administrado en el marco de un procedimiento administrativo sancionador. Sus resoluciones constituyen precedentes de observancia obligatoria que interpretan de modo expreso y con carácter general el sentido de la legislación laboral.

Este Tribunal puede adoptar acuerdos plenarios en el que se establezcan criterios y disposiciones generales, las cuales permitirán uniformizar las resoluciones emitidas por la autoridad administrativa de trabajo (SUNAFIL y Gobiernos Regionales).

A tener en cuenta:

Para que el TFL pueda revisar un procedimiento administrativo sancionador:

  • El administrado deberá haber presentado un recurso de revisión. Este se interpone contra las resoluciones de segunda instancia emitidas por autoridades que no tengan competencia nacional.
  • El TFL puede solo pronunciarse sobre las sanciones que correspondan a infracciones catalogadas como muy graves.