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Límites a la prioridad en el puesto de los sindicalistas (El Economista)

25/06/2016

El diario El Economista cita a CMS Albiñana & Suárez de Lezo en un reportaje sobre la Sentencia del Tribunal
Superior de Justicia de Castilla y León, de 16 de marzo de 2016, que explica que la empresa debe respetar la prioridad de permanencia de los representantes de los trabajadores en los procesos de despido colectivo, siempre que sean idóneos para ocupar el puesto de trabajo que no va a ser extinguido, y aborda así los límites a la prioridad en el puesto de los sindicalistas recogida en el art. 68b del Estatuto de los Trabajadores (ET).

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Límites a la prioridad en el puesto de los sindicalistas
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