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Alerta Fiscal | Abril 2013

Obligados a presentar la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720)

02/04/2013

La Ley 7/2012 de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude (“Ley 7/2012”), que se aprobó el pasado 29 de octubre de 2012 estableció la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

Con posterioridad, el Real Decreto 1558/2012 (“RD 1558/2012”), aclaró quiénes son los obligados a presentar declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

Con fecha 30 de enero de 2013, se publicó la Orden ministerial HAP/72/2013 (“Orden HAP/72/2013”), por la que se aprueba el modelo 720, de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero (“modelo 720”) donde se determina el lugar, forma, plazos y los procedimientos para la presentación de dicha declaración.

Por último, en relación con el proceso legislativo de esta nueva obligación tributaria, y según nos tiene últimamente acostumbrados la Dirección General de Tributos (“DGT”), ha ido publicando en su página web un informe sobre la obligación de presentar el modelo 720, en el que se aclaran algunos aspectos dudosos de la redacción del RD 1558/2012 sobre los obligados a presentar la citada declaración.

En esta alerta, resumimos la situación de la declaración según el modelo 720, incluyendo algunos ejemplos, y además hacemos una breve lista de la documentación necesaria para preparar presentación del formulario.

Desde el equipo del departamento tributario de CMS Albiñana & Suarez de Lezo confiamos en que esta información le resulte de utilidad, y quedamos a su disposición para preparar y presentar el formulario y para comentar cualquier duda que pueda surgirle al respecto.

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