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APRUEBAN REGLAMENTO DEL RÉGIMEN SANCIONADOR POR INCUMPLIMIENTO DE LA LEY PIACI

Informativo Legal N° 1052 | Administrativo y Contratación Pública

El 09 de agosto de 2019, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo Nº 010-2019-MC, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1374, Decreto Legislativo que establece el Régimen Sancionador por incumplimiento de las Disposiciones de la Ley Nº 28736, Ley para la Protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial (en adelante, “PIACI”).

Al respecto, el referido reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones que regulan las funciones de fiscalización, sanción y ejecución coactiva, en línea con el Decreto Legislativo Nº 1374. Asimismo, aprueba la Tabla de Infracciones y Sanciones y crea el Registro de Infracciones y Sanciones PIACI.

Sobre el particular, se regulan las actividades de fiscalización que comprenden la verificación del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley Nº 28736, su Reglamento, el Decreto Legislativo Nº 1374 y demás disposiciones sobre la materia; a través de actos y diligencias de investigación, supervisión, control o inspección. Se incluye el dictado de medidas administrativas.

El procedimiento administrativo sancionador comprende las acciones conducentes a investigar y determinar la existencia de presuntas infracciones administrativas por incumplimiento de la Ley Nº 28736, su Reglamento y/o demás disposiciones complementarias en materia de protección de los derechos de los PIACI, y el Decreto Legislativo Nº 1374. Comprende la aplicación de sanciones y la adopción de medidas administrativas.

Por último, se establece que el órgano competente para la ejecución de las sanciones impuestas es la Oficina de Ejecución Coactiva del Ministerio de Cultura, de acuerdo a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979 – Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 069-2003-EF.
Para mayores alcances al respecto, sírvanse contactar a las personas señaladas en el presente Informativo Legal a través de las direcciones electrónicas aquí mostradas.