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IMPUESTO AL CONSUMO DE LAS BOLSAS PLÁSTICAS

Informativo Legal | Tributario - Ambiental

Julio 2019

El día 19 de diciembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley No. 30884 (en adelante, la “Ley”), mediante la cual se establece el marco regulatorio sobre el plástico de un solo uso, otros plásticos no reutilizables y los recipientes o envases descartables.

Dicha norma, además, con la finalidad de desincentivar el uso de bolsas de plástico y contribuir a la conservación del medio ambiente y el desarrollo sostenible, estableció:

  • Que los establecimientos se encuentran obligados a cobrar como mínimo una suma equivalente al precio de mercado por cada bolsa que entreguen, así como
  •  La creación del Impuesto al Consumo de las Bolsas plásticas (“ICB”)(1).

El referido impuesto ha sido delineado como sigue:

¿Cuál es el supuesto gravado? 

La adquisición bajo cualquier título de bolsas de plástico cuya finalidad sea cargar o llevar bienes enajenados por los establecimientos comerciales o de servicios, contribuyentes del IGV, que las distribuyan. 

¿Quiénes son los contribuyentes?

Las personas naturales o jurídicas que opten por adquirir bajo cualquier título las bolsas plásticas cuya finalidad sea cargar o llevar bienes enajenados por los establecimientos comerciales o de servicios, contribuyentes del IGV, que las distribuyan.

¿Cuándo surge?   

La obligación tributaria del ICB se origina en el momento de la adquisición de las bolsas de plástico.

¿Cómo se determina el monto?

La cuantía del ICB  es gradual y se aplica por la adquisición unitaria de bolsas de plástico, de acuerdo con el siguiente cronograma:

Año

Importe

2019

S/ 0.10

2020

S/ 0.20

2021

S/ 0.30

2022

S/ 0.40

2023 y subsiguientes

S/ 0.50

¿Cuál es el mecanismo de pago?

Los establecimientos comerciales y de servicios contribuyentes del IGV que distribuyen las bolsas de plástico:

  • Consignan en el comprobante de pago correspondiente, la cantidad de bolsas entregadas y la cuantía total del ICB, el cual no forma parte de la base imponible del IGV.
  • Cobran el ICB en el momento de la emisión del comprobante de pago correspondiente, en calidad de agentes de percepción del mismo.
  • El ICB es declarado y pagado por los agentes de percepción con periodicidad mensual, de conformidad con lo que disponga el reglamento y las demás normas complementarias. El importe del impuesto es cancelado en moneda nacional. El ICB constituye ingreso del tesoro público y su administración le corresponde a la SUNAT.

La Ley entró en vigencia el 20 de diciembre del 2018. No obstante, el IBC estará vigente desde el 01 de agosto de 2019.

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(1) El ICB se incorpora a la gestión ambiental peruana como un instrumento de tipo económico, que busca principalmente contribuir a modificar la conducta del consumidor final respecto del uso superfluo de la bolsa plástica.

DATO HISTÓRICO:

Arthur Pigou (1877-1959) postuló a inicios del siglo XX internalizar los costos sociales (por ejemplo la contaminación) en quienes los provocan utilizando para estos fines a los tributos. En tal sentido, la finalidad de este tipo de medidas es la de corregir conductas perniciosas para la sociedad y no la de recaudar recursos fiscales.

Para mayor información, contactarse con nuestros especialistas del área de Tributario y Ambiental.