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Novedades en materia de patente municipal

Informamos de un cambio radical de criterio adoptado por la Corte Suprema recientemente en materia de patente municipal sobre sociedades de rentas pasivas.

Con fecha 25 de septiembre de 2019, en un juicio entre la Municipalidad de Lo Barnechea, en la ciudad de Santiago, y una sociedad de inversiones que sólo obtiene rentas pasivas, la Corte ha resuelto que no resulta procedente la aplicación de patente municipal dado que la sociedad no lleva a cabo el ejercicio efectivo de una actividad lucrativa en un lugar determinado. Puede ver la sentencia aquí.

Cabe recordar que la patente se impuso como práctica habitual sobre este tipo de sociedades a partir de fines del año 2012. Ello ocurrió cuando la Corte, a través de sentencias reiteradas y uniformes, estableció su procedencia, e incluso instruyó a la Contraloría General de la República a alinearse con esta posición, en circunstancias que la postura de esta última era contraria a la aplicación de impuesto para este tipo de sociedades.

Anticipamos que las Municipalidades llevarán una defensa férrea de sus intereses, por lo que, si bien la reciente sentencia judicial constituye una muy buena noticia, estamos a la espera que este criterio se cimiente en la resolución de nuevos casos, de forma de volver a la realidad que teníamos pre-2012.

Por último, indicar que las sentencias de la Corte sólo resultan obligatorias para las partes del litigio respectivo, pero sirven de guía o precedente para los tribunales de justicia, municipalidades y terceros.

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Cristóbal Groetaers