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Conozca el por qué La Agencia Nacional de Minería suspende temporalmente la radicación de solicitudes de propuesta de contrato de concesión

A propósito de la reciente Sentencia del Consejo de Estado proferida el 4 de agosto de 2022, la Agencia Nacional de Minería expidió la Resolución VCT No. 545 del 25 de octubre de 2022, “Por medio de la cual se acoge y acata el fallo judicial proferido por el Consejo de Estado, el 4 de agosto de 2022, adicionado y aclarado, el 29 de septiembre de 2022, dentro de la acción popular No. 25250002341000-2013- 02459-01, y se dictan unas disposiciones de índole tecnológico”, en la cual resolvió:

1.     Acoger y acatar la Sentencia del Consejo de Estado del 4 de agosto de 2022 y aclarada el 29 de septiembre de 2022.
2.    Suspender las funcionalidades “radicar solicitud de propuesta de contrato de concesión” y “radicar solicitud de contrato de concesión diferencial” en el Sistema Integral de Gestión Minera – Anna Minería, o del sistema que lo modifique o sustituya para la realización de los ajustes tecnológicos necesarios. 
3.    El certificado proferido por la autoridad ambiental competente que deberán presentar los proponentes junto con la solicitud de titulación deberá ajustarse al contenido, procedimientos, plazos y garantías de la orden 1.3.1., es decir:  

i.    Si el proyecto se superpone o no con alguno de los ecosistemas estratégicos  (parques nacionales naturales, parques naturales regionales, reservas forestales protectoras, Distritos de manejo integrado, distritos de conservación de suelo, áreas de recreación, reservas naturales de la sociedad civil) o a un área de conservación in situ de origen legal (reservas forestales de ley 2°,  humedales Ramsar y no Ramsar, páramos,  arrecifes de coral, pastos marinos y manglares, reservas temporales excluidas de minería).
ii.    Si el territorio se encuentra zonificado.
iii.    Si las actividades mineras están permitidas en el instrumento de zonificación.

4.    Los formularios de propuesta de concesión (PIN) que no puedan ser utilizados durante el periodo de ajuste tecnológico de las funcionalidades en la plataforma Anna Minería, serán habilitados por el término de vigencia restante una vez finalizado dicho ajuste. 

Es importante mencionar que el Consejo de estado otorgó un plazo de tres (3) meses para que la ANM, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y Ministerio de Minas y Energía reglamenten el procedimiento y los mecanismos de coordinación intersectorial para determinar el procedimiento para la expedición de las citadas certificaciones ambientales, los plazos máximos de expedición del certificado y las garantías al debido proceso de los peticionarios.

Para mayor información podrá contactar a nuestra Práctica de Derecho Minero a los correos daniela.vergel@cms-ra.com;valentina.restrepo@cms-ra.com;  maria.castellanos@cms-ra.com 

Para descargar la resolución en el siguiente link: https://bit.ly/3WJ3fNM

Autores

Imagen deDaniela Vergel
Daniela Vergel
Socia
Bogotá
Imagen deValentina Restrepo
Valentina Restrepo
Asociada
Bogotá
María Ximena Castellanos