Home / Publicaciones / La Comisión europea inicia un procedimiento de infracción...

La Comisión europea inicia un procedimiento de infracción contra España por el modelo 720 (obligación de declarar bienes en el extranjero)

30/11/2015

El pasado 24 de noviembre la Comisión Europea (en adelante, la ‘CE’) comunicó el inicio de un procedimiento de infracción contra España (2014/4330) por considerar que el modelo 720 que deben presentar las personas físicas (nacionales o no) y jurídicas residentes fiscales en España que tienen bienes o derechos en el extranjero, puede ser contrario al Derecho de la Unión Europea (en adelante, la “UE”). En general, la norma española afecta a contribuyentes con bienes en el extranjero superiores a 50.000 euros y que no presentaron la declaración fiscal informativa del modelo 720 en el ejercicio 2013 o 2014.

La CE entiende que hay dos aspectos del Modelo 720 que pueden vulnerar el Derecho de la UE:

a) que las sanciones establecidas (5.000€ por dato erróneo o no declarado, con un mínimo de 10.000€ por cada grupo de bienes a declarar: cuentas, valores e inmuebles) resultan desproporcionadas en relación con las aplicables en situaciones internas (por ejemplo, para la declaración IRPF), aun cuando la sanción por presentación extemporánea o fuera de plazo sea mucho más reducida (100€ por dato con mínimo de 1.500€).

b) que se consideren ganancia patrimonial no justificada en IRPF o en Impuesto sobre Sociedades los activos en el extranjero no declarados o declarados fuera de plazo y se imputen al último año no prescrito, con sanción adicional del 150% (salvo que se pueda acreditar que se adquirieron con “rentas declaradas”, o bien siendo no residente en España). La CE considera que, al impedirse la prescripción respecto de esos bienes, se infringe la jurisprudencia comunitaria que sólo justifica un mayor plazo de prescripción para la lucha contra el fraude fiscal cuando resulta proporcionado y la Administración Tributaria no tiene indicios de la existencia de los bienes en el extranjero.

La normativa y la obligación seguirán vigentes y España tiene dos meses para responder. A la vista de los argumentos facilitados, la CE tendría que decidir si continúa el procedimiento y recurre ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, el “TJUE”). Este Tribunal sí podría anularlas si las considera no conforme con el Derecho de la UE, tal y como ha ocurrido en multitud de casos, y más recientemente en el caso de España con la Sentencia TJUE de 3 de septiembre de 2014, referida a la normativa del Impuesto Sucesiones y Donaciones, al considerar que se discriminaba a los no residentes.

La confirmación definitiva de la no conformidad con el derecho de la UE de la normativa española supondría la obligación de modificarla para el Estado español, por lo que en todo caso recomendamos impugnar y mantener vivos cualesquiera procedimientos sancionadores a este respecto por los contribuyentes hasta que haya un pronunciamiento definitivo por las instituciones europeas.

Todos los miembros del equipo de fiscal de CMS Albiñana & Suárez de Lezo confiamos en que esta información le resulte de utilidad, y quedamos a su disposición para comentar cualquier duda que pueda surgirle al respecto.

Fuente
La Comisión europea inicia un procedimiento de infracción contra...
Leer más

Autores

Imagen deDiego de Miguel
Diego de Miguel Hernando
Socio
Madrid
Imagen deMaría  González
María González Fornos
Imagen deCarlos Palma
Carlos Palma
Ricardo Héctor
Mostrar más Mostrar menos