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Las cláusulas penales, su eventual moderación judicial y los límites del derecho a exigir su cumplimiento

Artículo de fondo

10/11/2016

Irene Miró

La sentencia del Tribunal Supremo de 13 de septiembre de 2016 contiene un estudio profundo y detallado de las cláusulas penales que se regulan en los artículos 1.152 a 1.155 CC, desde el punto de vista de su naturaleza, sus posibles finalidades y, sobre todo, de su eventual moderación en sede judicial de conformidad con el artículo 1.154 CC y con otras normas que puedan resultar aplicables al efecto. Pero, además, esta sentencia trata otra serie de cuestiones, como son la teoría de los actos propios y la prohibición del abuso de derecho, los límites a la revisión por parte del Tribunal Supremo de la interpretación de los contratos realizada por los tribunales de instancia y la prohibición de que la sentencia dictada en casación sea más perjudicial para el recurrente que la sentencia recurrida (reformatio in peius).

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