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RDL 6/2013, de 22 de marzo, de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero.

12/07/2013

El pasado, 24 de marzo de 2013, entró en vigor el Real Decreto-ley 6/2013, de 22 de marzo, de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero.

Este nuevo Real Decreto-ley pretende establecer las medidas necesarias para proteger a los tenedores de instrumentos híbridos ante la inminente realización de los planes de reestructuración y resolución de entidades de crédito al amparo de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito y del Memorando de Entendimiento firmado entre las autoridades españolas y europeas el 20 de julio de 2012.

Esta protección se basa, principalmente, en la creación de una comisión que atienda las posibles quejas de los tenedores de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada, agilizar la resolución de controversias por medio de arbitraje y por último, ofrecer liquidez a las acciones que los tenedores de estos instrumentos reciban en canje de los mismos.

Fuente
Boletín Mercantil nº 13 | Abril - Junio 2013
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