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Aprueban el “Procedimiento para la Supervisión y Fiscalización del Mecanismo de Racionamiento de Gas Natural”

Informativo Legal N° 126 | Energía, Petróleo y Gas

Octubre 2019

A través de la Resolución de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 162-2019-OS/CD, publicada el 2 de octubre de 2019 en el Diario Oficial “El Peruano”, se dispuso la publicación del Procedimiento para la Supervisión y Fiscalización del Mecanismo de Racionamiento de Gas Natural (en adelante, el "Procedimiento”).

El Procedimiento tiene por objeto establecer la forma de la supervisión y fiscalización del cumplimiento de las obligaciones del Mecanismo de Racionamiento de gas natural ante situaciones que afecten y pongan en emergencia el abastecimiento de gas natural en el país.

En tal sentido, ante una declaratoria de Emergencia, realizada según lo establecido por el Decreto Supremo Nº 017-2018-EM, el Procedimiento será de obligatorio cumplimiento para:

  • Los Productores de Gas Natural
  • Los Concesionarios de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural por Ductos
  • Los Concesionarios de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos
  • Los operadores de Plantas de Licuefacción
  • El Comité de Operación Económica del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (COES)
  • Los Consumidores Independientes de Gas Natural del Sector Energía (en adelante, los “Agentes Supervisados”)

El Procedimiento desarrolla las obligaciones de los Agentes Supervisados con respecto a la presentación de información, la activación del mecanismo de racionamiento de gas natural, las desviaciones en el consumo de Gas Natural y el protocolo de comunicaciones entre Agentes Supervisados. 

Finalmente, delimita los incumplimientos que serán materia de sanción, y los incorpora a la Tipificación y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural de OSINERGMIN.