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Aprueban expedición del certificado literal de partida registral a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea

Informativo | Inmobiliario y Saneamiento de Tierras

01 de junio de 2020

Con fecha 01 de junio de 2020, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución N° 058-2020-SUNARP/SN (en adelante, ‘’RS-058’’), que aprueba la expedición del certificado literal de partida registral con firma electrónica a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea - SPRL.

Al respecto, entre las principales disposiciones tenemos:

Expedición del certificado literal de partida registral con firma electrónica

  • El certificado literal de partida registral podrá ser tramitado a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea - SPRL.
  • La emisión de dichos certificados entrará en vigencia a partir del 08 de junio del año en curso para el caso de los Registros de:
  1. Propiedad inmueble.
  2. Personas jurídicas.
  3. Personas naturales.
  • La emisión de los certificados para el caso del Registro de bienes muebles será a partir del 01 de julio del año en curso.