Home / Publicaciones / CREACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSFORMACIÓN...

CREACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Informativo Legal N° 1107 | Administrativo y Contratación Pública

Enero 2020

Mediante Decreto de Urgencia N° 006-2020 (en adelante, el “Decreto de Urgencia”), publicado hoy; el presidente de la República creó el Sistema Nacional de Transformación Digital (en adelante, el “Sistema”).

En líneas generales, el Sistema promueve el uso intensivo de las tecnologías digitales, la sistematización y el análisis de datos con la finalidad de generar efectos económicos, sociales y de valor a las personas.

Entro los aspectos más relevantes, el Decreto de Urgencia regula los siguientes:

  • La designación de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros como ente rector del Sistema, constituyéndose en la autoridad técnico normativa a nivel nacional sobre la materia.
  • Asimismo, señala como integrantes del Sistema, entre otros, a las organizaciones del sector privado, la sociedad civil, la academia u otros actores relevantes para una sociedad digital.
  • En esta línea, precisa que las organizaciones enunciadas en el párrafo precedente deberán considerar en sus acciones los objetivos de la política y estrategia nacional de transformación digital, orientando el fortalecimiento de la confianza digital en el diseño y la implementación de servicios digitales.
  • Aunado a ello, el Decreto de Urgencia establece la interconexión de los sistemas de trámite documentario de las entidades, a fin de realizar el envió automático de documentos electrónicos por medio de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado. Para su implementación, las entidades del Poder Ejecutivo tendrán plazo hasta el 31 de diciembre de 2021. En el caso de las demás entidades, el plazo será fijado mediante Decreto Supremo refrendado por la Presidencia de Consejo de Ministros.
  • Asimismo, se otorga un plazo de noventa (90) días hábiles desde su publicación para que (i) se apruebe el Reglamento del Sistema; y, (ii) para la formulación y propuesta de la Política y Estrategia Nacional de Transformación Digital.
  • En el caso de proyectos de inversión privada que cuenten con contratos suscritos o que hayan sido incorporados al proceso de promoción de la inversión privada a la fecha, seguirán sujetos a la normativa vigente hasta antes de la entrada en vigencia del presente Decreto.
  • Finalmente, el Decreto de Urgencia deroga las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 604, relativas al Sistema Nacional de Informática, en tanto se le opongan.

Para mayores alcances al respecto, puede contactar a nuestros especialistas.