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DICTAN DISPOSICIONES SOBRE EL APORTE POR REGULACIÓN DEL OEFA APLICABLE AL SECTOR MINERÍA

Informativo Legal N° 198 | Minería

Enero 2020

Mediante Decreto Supremo No. 203-2019-PCM, publicado el 31 de diciembre de 2019 en el Diario Oficial “El Peruano”, se establecieron los porcentajes del aporte por regulación aplicable a las entidades bajo supervisión del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) del sector minería:

Sujetos obligados del sector minería

Sector

Sujetos Obligados

Minería

Titulares de las actividades de Gran y Mediana Minería

Porcentaje del Aporte por Regulación

El porcentaje del Aporte por Regulación que corresponde al OEFA para los años 2020, 2021 y 2022, de cargo de las empresas del sector minería, será calculado sobre su facturación mensual anotada en el Registro de Ventas e Ingresos, deducido el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal, de acuerdo al siguiente porcentaje:

Año

Porcentaje - OEFA

2020

2021

2022

 

0,10

Regulación

El Consejo Directivo de OEFA, en ejercicio de su potestad normativa, dicta las disposiciones reglamentarias pertinentes para la mejor aplicación y cobranza de los aportes de su competencia.

Falta de pago oportuno

La falta de pago oportuno del porcentaje del Aporte por Regulación que corresponde al OEFA da lugar a la aplicación de los intereses previstos en el Código Tributario.