Mediante Decreto Supremo No. 203-2019-PCM, publicado el 31 de diciembre de 2019 en el Diario Oficial “El Peruano”, se establecieron los porcentajes del aporte por regulación aplicable a las entidades bajo supervisión del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) del sector minería:
Sujetos obligados del sector minería
Sector | Sujetos Obligados |
Minería | Titulares de las actividades de Gran y Mediana Minería |
Porcentaje del Aporte por Regulación
El porcentaje del Aporte por Regulación que corresponde al OEFA para los años 2020, 2021 y 2022, de cargo de las empresas del sector minería, será calculado sobre su facturación mensual anotada en el Registro de Ventas e Ingresos, deducido el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal, de acuerdo al siguiente porcentaje:
Año | Porcentaje - OEFA |
2020 2021 2022 | 0,10 |
Regulación
El Consejo Directivo de OEFA, en ejercicio de su potestad normativa, dicta las disposiciones reglamentarias pertinentes para la mejor aplicación y cobranza de los aportes de su competencia.
Falta de pago oportuno
La falta de pago oportuno del porcentaje del Aporte por Regulación que corresponde al OEFA da lugar a la aplicación de los intereses previstos en el Código Tributario.
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