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Envío del Informe Anual de Oficial de Cumplimiento (IAOC)

Alerta Legal| Compliance

1 de febrero, 2023

Envío del Informe Anual de Oficial de Cumplimiento (IAOC)

Toda persona jurídica y natural que cuente con la condición de sujeto obligado frente a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y se encuentre regulado por la Ley N° 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 020-2017-JUS, tiene plazo hasta el 15 de febrero de 2023 para presentar a la UIF el Informe Anual de Cumplimiento (IAOC) correspondiente al ejercicio del año 2022, el cual debe haber sido previamente aprobado por el Directorio hasta el 30 de enero de 2023. El IAOC deberá ser enviado por el Oficial de Cumplimiento a través del Portal de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

El incumplimiento de esta obligación constituye una infracción grave según el Reglamento de Infracciones y Sanciones en Materia de prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo, aprobado por la Resolución SBS Nº 8930-2012 y sus modificatorias.