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Envío del Informe Semestral de Oficial de Cumplimiento (ISOC)

Alerta Legal | Compliance

30 de julio, 2020

Los sujetos obligados por la UIF-Perú bajo el alcance del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N°29038, Ley que incorpora la Unidad de Inteligencia Financiera a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, tienen plazo hasta el 15 de agosto del 2020 para enviar su Informe Semestral de Oficial de Cumplimiento (ISOC). El informe debe ser remitido por el Oficial de Cumplimiento a través del Portal de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. 
 
El incumplimiento de la presentación del ISOC dentro del plazo establecido, constituye infracción grave según la normativa vigente.