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Lineamientos sectoriales para la prevención del COVID-19 en la prestación del servicio de transporte aéreo internacional de pasajeros

Alerta Legal

01 de octubre, 2020

El 30 de septiembre de 2020 fue publicada la Resolución Ministerial N° 0643-2020-MTC/01, que aprueba los “Lineamientos sectoriales para la prevención del COVID-19 en la prestación del servicio de transporte aéreo internacional de pasajeros”, mediante la cual se busca establecer lineamientos para la vigilancia de la salud del personal de operadores de aeródromos, explotadores aéreos y servicios especializados aeroportuarios de las operaciones aeronáuticas. De igual manera, los Lineamientos establecen requisitos y medidas para el desarrollo de las operaciones de transporte aéreo internacional de pasajeros, tanto comercial como privado.

Medidas generales

Entre las Medidas Generales más importantes que deben cumplir los operadores de aeródromos, transportistas aéreos y servicios especializados aeroportuarios, se encuentran las siguientes:

  • Cumplir con lo dispuesto por el MINSA para la vigilancia, prevención y control de salud de su personal.
  • Sensibilizar al personal respecto a:
  1.  Medidas para prevenir transmisión del SARS-COV2 (COVID-19)
  2. Uso y retiro de equipo de protección personal – EPP
  3. Autoevaluación de salud y signos de alarma para COVID-19
  4. Reconocimiento de caso sospechoso, procedimiento a realizar en aeropuerto como a bordo de aeronave.
  5. Comunicación con trabajadores para responder inquietudes respecto al COVID-19
  • Otorgar al personal elementos de protección.
  • Supervisar el uso correcto de los equipos de protección personal durante sus labores.
  • Asegurar que puntos de lavado o dispensador de alcohol gel de 60% o 70% esté ubicado al ingreso del centro de trabajo, y establecer el lavado de manos previo al inicio de sus actividades. 
  • Establecer puntos estratégicos para el acopio de equipos de protección personal usados. El tratamiento final de los desechos recolectados debe ser tratado como residuo no peligroso de acuerdo a lo señalado por el MINSA o Ministerio del Ambiente. 
  • Asegurar distanciamiento físico entre el personal, no menor a un metro (1m), y prevenir aglomeraciones del personal y clientes.
  • Mantener provisión continua y suficientes de insumos básicos: agua, jabón líquido y papel higiénico. No permitir el reemplazo de estos insumos por alcohol en gel.
  • Limpiar y desinfectar ambientes de trabajo a su cargo, por lo menos una vez al día, y el personal involucrado en estas labores debe contar con los equipos de protección personal. 
  • Evitar reuniones presenciales en ambientes cerrados y priorizar el uso de software para videoconferencias, telefonía y otro medio disponible. 
  • Todo personal con síntomas compatibles al COVID-19 debe reportar de manera obligatoria a su supervisor o persona encargada y debe ser aislado en un área especial como precaución para evitar contagios.

Medidas para los Aeródromos:

Las principales medidas que el Operador del Aeródromo debe implementar, se encuentran las siguientes: 

  • Permitir acceso a las instalaciones del aeropuerto y terminal de pasajeros solo a pasajeros con tarjeta de embarque o reserva. Solo se permitirá el ingreso de un acompañante al pasajero para su ingreso al terminal en situaciones particulares como en caso necesite de asistencia, menores de edad, personas con discapacidad. 
  • Para ingresar con su vehículo, no sobrepasando el tiempo al desembarque del pasajero, en caso no se utilice el estacionamiento del aeropuerto. 
  • Permitir ingreso de pasajeros a instalaciones del terminal con cuatro (4) horas de anticipación como máximo a la hora programada de salida del vuelo. 
  • Solicitar el uso de mascarilla y escudo facial. 
  • Colocar señas o marcas en el piso (inglés/español) que permita identificar lugares de posición de espera a no menor a un metro (1m), deben encontrarse en lugares previsibles de espera y otras áreas que lo requieran de acuerdo al desarrollo de las operaciones. 
  • Tomar temperatura con un termómetro infrarrojo sin contacto a las personas que ingresen al terminal de pasajeros e implementar bandejas de desinfección de calzados. 
  • Colocar separadores transparentes de Plexiglass que establezca una barrera para reducir el contacto entre pasajeros y agentes de tráfico. 
  • Asignar empleo de mostradores de facturación, fajas de recojo de equipajes y líneas de inspección de equipajes de mano y pasajeros, asegurando distanciamiento no menor a un metro (1m) entre pasajeros. 
  • Realizar desinfección del aeropuerto con artículos contra el SARS-COV-2 (COVID-19) de acuerdo con la “Guía para la limpieza y desinfección de manos y superficies” aprobada por Resolución Directoral N° 003-2020-INACAL/DN
  • Debe brindar acceso a los servicios higiénicos, dispensadores de alcohol en gel u otro desinfectante. 
  • Colocar filtro de gérmenes, bacterias o virus en el sistema de aire acondicionado del terminal de pasajeros. Usar filtro de acuerdo a las recomendaciones del fabricante. 
  • Brindar facilidades a los explotadores aéreos, para el empleo de los sistemas de perifoneo de las salas de embarque, para comunicar medidas de prevención del COVID-19.
  • Asegurar que los servicios de taxi autorizados a brindar servicios en el aeropuerto por el operador del aeródromo, cumplan con los protocolos establecidos por el MTC y el MINSA. 
  • El operador del aeródromo facilitará a solicitud de la autoridad de salud un área para que se realice las pruebas, exámenes, y acciones vinculadas con las personas que presenten síntomas compatibles del COVID-19 al ingreso del aeropuerto. 
  • Coordinar con la Policía Nacional del Perú:
  1. Control de ingreso al aeropuerto y evitar el ingreso de quienes no son pasajeros, salvo quienes laboren o quienes son acompañantes para pasajeros que requieren asistencia. 
  2. Prevenir aglomeración de personas ofreciendo servicios de taxi en las instalaciones del aeropuerto.
  3. Contar con presencia policial en los mostradores de facturación, puestos de inspección, salas de embarque y evitar situaciones de reclamos airados o actos de agresión por parte de los pasajeros, entre otros. 

Medidas para los Explotadores aéreos

Entre las medidas para el Explotador Aéreo, las principales son las siguientes: 

Programación de vuelos 
  • Debe tenerse políticas que permitan la planificación y control para el emparejamiento de una misma tripulación de vuelo y de cabina cuando realice programaciones y reprogramaciones de vuelos. Garantizando la salud de los tripulantes verificado de acuerdo a los protocolos vigentes, previo a dicha asignación. 
  • Revisar políticas respecto a la fatiga en sus tripulaciones. 
Procesos Pre-vuelo
  • Fomentar el check-in online y boarding pass digital.
  • Implementar procesos de aceptación de pasajeros, que permitan reducir la cantidad de personas en las filas de espera en los mostradores de facturación. 
  • Pasajeros deben usar mascarilla y escudo facial y cuenten con resultado negativo de la prueba molecular con un tiempo no mayor a 72 horas antes del viaje. 
  • Como medida para reducir tiempos de embarque los puestos de seguridad, explotador aéreo podría ofrecer incentivos a los pasajeros para que transporten su equipaje en la bodega de la aeronave. 
  • Cumplir protocolos de limpieza de las aeronaves, de las áreas de contacto: asientos de pasajeros y tripulación, cinturones de seguridad, mesas, botones de llamado y servicios higiénicos. 
  • Al término del día de operación, la aeronave debe ser sometida a un proceso de desinfección que involucre por lo menos, desinfección de pasajeros, servicios higiénicos y cabina de mando de la aeronave. 
  • Para el embarque, debe considerarse procedimientos de abordaje mejorados, tales como: embarque por filas comenzando primero por aquellas ubicadas en las ventanas a continuación, la fila inmediata a esta y así sucesivamente para evitar la aglomeración de los pasajeros en los pasillos. De igual forma para el desembarque. 
  • Debe mantenerse el distanciamiento social a no menor a un metro (1m) usando mascarilla y escudo facial. 
  • Incluir condiciones de transporte que el pasajero deba conocer como cantidad límite del equipaje de mano, presentación de prueba molecular con resultado negativo.
  • Realizar desinfección de sillas de ruedas antes de ser asignado a un nuevo pasajero. 
  • Efectuar mantenimiento de sistemas de aire y sistema de abastecimiento para garantizar que sigan brindando la protección a la tripulación y pasajeros. 
Procesos durante el vuelo 
  • Anunciar a los pasajeros por el sistema de perifoneo de la aeronave sobre las medidas de prevención de COVID-19 que incluye el uso obligatorio de mascarilla y escudo fácil, salvo para ingesta de líquidos, alimentos o procedimientos de emergencia. 
  • En las demostraciones de seguridad deben indicarse a los pasajeros que deben retirarse la mascarilla y escudo facial antes de colocarse las máscaras de oxígeno de emergencia. 
  • El servicio de comidas y bebidas debe ser simplificado a fin de reducir el movimiento e interacción entre la tripulación y los pasajeros. Asimismo, reducir el uso de artículos no esenciales en vuelo como mantas, almohadas, libros o revistas a fin de minimizar la infección cruzada. 
  • Restringir el acceso a los lavabos.
  • Establecer un procedimiento para el caso de que un tripulante manifieste síntomas compatibles con COVID-19.
Procesos Post-vuelo
  • Considerar procedimientos mejorados para el desembarque de los pasajeros.
  • Realizar gestiones pertinentes con los servicios aeroportuarios a fin de acelerar el proceso de entrega de equipajes, luego del arribo de la aeronave y evitar aglomeración de personas. 
  • Implementar canales de atención que reduzca la interacción para presentación de un reclamo ante equipajes extraviados o dañados. 

Coordinación Institucional 

Para llevar a cabo el presente protocolo, es necesaria la participación activa de las entidades estatales que cumplen con funciones en el aeropuerto, los cuales deben estar alineados a los lineamientos establecidos por el MINSA y el presente protocolo. 

  • La DGAC a solicitud podrá entregar los itinerarios mensuales de vuelos internacionales de pasajeros, en forma anticipada, a entidades como: MINSA, División de Seguridad Aeroportuaria, Fluvial y Lacustre de la PNP, Superintendencia Nacional de Migraciones y SUNAT. 
  • La Superintendencia de Migraciones y SUNAT deben implementar, en la medida de lo posible procedimientos de control que disminuyan el riesgo de propagación del COVID-19 entre el personal y pasajeros. 
  • EL MINSA o la Autoridad de Salud del aeropuerto debe garantizar presencia del personal de esta institución, para cumplir con las tareas encomendadas en este lineamiento, como el tamizaje de signos vitales de los pasajeros que arriben de vuelos internacionales e ingresen a nuestro país. 
  • La PNP debe garantizar presencia del personal de esta institución para cumplir con las tareas encomendadas en este lineamiento, tal como el orden dentro de las instalaciones del aeropuerto, cumplimiento de uso de mascarilla, así como respuesta en caso de reclamos airados o actos de agresión por parte de los pasajeros o el público en general, dentro y en los alrededores del aeropuerto. La presencia del personal de la PNP debe estar previsto e implementado de acuerdo a un plan de contingencia, en el caso de demoras en el arribo de estos vuelos. 
  • De ser necesario se solicitará apoyo a las Fuerzas Armadas a través del sector competente.