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Modifican Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta en materia de I+D+I y devolución de oficio de impuestos pagados indebidamente o en exceso por personas naturales

Informativo Legal | Tributario

Marzo 2020

Como se recordará, mediante la Ley N° 30309 (la Ley), modificada por el Decreto de Urgencia N° 010-2019, se estableció una deducción adicional para la determinación del Impuesto la Renta de los contribuyentes que realicen gastos en proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica, debiendo adecuarse el Reglamento de la mencionada Ley a lo establecido por el Decreto de Urgencia.

En tal sentido, el Decreto Supremo 056-2020-EF, publicado el domingo 22 de marzo del 2020 (el Decreto), modificó el artículo 10 del Decreto Supremo N° 188-2015-EF que aprobó el Reglamento de la Ley, a fin de precisar que, para efectos de contabilizar los ingresos netos de los contribuyentes que se acojan a la deducción, se debe tomar en cuenta la UIT vigente el ejercicio anterior. Si el contribuyente iniciara operaciones en el ejercicio gravable, se considerará la UIT vigente en dicho ejercicio.

Por otro lado, a través de la Ley N° 30734 se estableció el derecho de las personas naturales a la devolución automática de los impuestos pagados o retenidos en exceso, y se señalaron los medios a través de los cuales se efectuaría la devolución de oficio. Posteriormente, el Decreto Supremo N.° 085-2018 modificó la mencionada Ley a fin de indicar que la devolución de oficio se realizará utilizando el abono en cuenta o cualquier otro mecanismo que se apruebe por decreto supremo. 

En tal sentido, el Decreto modifica el artículo 5 del Decreto Supremo N° 085-2018-EF, a fin de establecer que la devolución de oficio se efectuará a través de los siguientes medios, cuando el número de cuenta o CCI del contribuyente proporcionados a la SUNAT no sean válidos:

  1. OPF, si el contribuyente cuenta con DNI, o 
  2. Cheque no negociable, si el contribuyente cuenta con documento de identidad distinto al DNI.

Esta Resolución entró en vigencia desde el día siguiente de su publicación.