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PROYECTO DE NORMA QUE ESTABLECE CRITERIOS PARA LA TRAMITACIÓN DE RENOVACIONES DE CONCESIONES DE SERVICIOS PÚBLICOS DE TELECOMUNICACIONES

Informativo Legal N° 1075 | Administrativo y Contratación Pública

Noviembre 2019

El 26 de octubre de 2019, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución Ministerial Nº 978.2019 MTC/01.03, que dispuso la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba la “Norma que establece los Criterios Generales para la tramitación de los Procedimientos de Renovación de Concesiones de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y los Métodos de Evaluación del Cumplimiento de Obligaciones” (en adelante, el “Proyecto”).

De acuerdo con la Exposición de Motivos del Proyecto, este se sustenta en la innovación tecnológica de los servicios públicos de telecomunicaciones a partir de la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 036-2010-MTC, que aprobó el Método para la evaluación del cumplimiento de las obligaciones de las empresas concesionarias de estos servicios.

Asimismo, entre otros aspectos considerados, tenemos (i) la aparición de nuevos  servicios,  como es el  caso de los  servicios de  valor  agregado  que vienen por internet (“OTT”, por sus siglas en inglés), (ii) el nivel de participación en el mercado de las empresas concesionarias; así como, (iii) la reducción significativa de la carga administrativa, tanto para la Administración Pública como para las empresas concesionarias en la evaluación del cumplimiento de las obligaciones contractuales y normativas a cargo de estas últimas.

En ese sentido, las principales disposiciones propuestas por el Proyecto son las siguientes:

  • Los mecanismos de renovación, que puede ser: (i) total, por un plazo máximo de veinte (20) años adicionales al plazo de la concesión; o, (ii) gradual, por periodos de cinco (5) años, los cuales sumados no pueden exceder el plazo de la renovación total;
  • El procedimiento de renovación se inicia con la presentación, por parte de la empresa concesionaria, de la solicitud al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante, “MTC”), la misma que debe ser presentada dentro de los plazos ya establecidos;
  • Las obligaciones evaluadas en el procedimiento de renovación de concesión se encuentran vinculadas a las competencias del MTC, la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales o el OSIPTEL, de acuerdo al tipo de obligación de la que se trate;
  • Los métodos para evaluar el cumplimiento de obligaciones en el procedimiento de renovación de concesión son:regular o simplificado; siendo el OSIPTEL la entidad encargada de informar al MTC respecto del método a aplicar en el caso concreto; y,
  • Las solicitudes de renovación del plazo de concesión en trámite se rigen por la norma vigente al momento de su presentación. No obstante, la empresa concesionaria que tenga una solicitud de renovación total en trámite puede solicitar la aplicación de los criterios de evaluación establecidos en la presente norma, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su entrada en vigencia.

Cabe indicar que, las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto antes señalado, deben ser remitidas a la sede principal del MTC con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, ubicada en Jirón Zorritos Nº 1203, Cercado de Lima, o vía correo electrónico a la dirección spaucar@mtc.gob.pe hasta el 25 de noviembre de 2019.

Para mayores alcances al respecto, puede contactar a los especialistas de nuestra área de Administrativo y Contratación Pública.