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Reglamento de los acuerdos de pago con tarjetas

Alerta Legal | TMC

22 de noviembre, 2022

El 10 de noviembre, se publicó la Circular 0027-2022-BCRP, donde el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) establece el reglamento de los acuerdos de pago con tarjetas (APT) con la finalidad de fortalecer, dar mayor seguridad, eficiencia y transparencia a los sistemas de pago con tarjetas.

¿A qué empresa aplica?

  • Redes de pago
  • Facilitadores de pago
  • Adquirientes
  • Emisores

Las definiciones de cada una de estas empresas se encuentran en el Anexo de la norma.

Principios más importantes

  • Reglas transparentes para la liquidación y abono del beneficiario
  • Acceso abierto y justo
  • Servicios eficientes y efectivos
  • Difusión y transparencia de reglas
  • Comisiones y tarifas

Reglamento

  • Las Redes de Pago, los Emisores, los Adquirentes y los Facilitadores de Pago deben inscribirse en un registro ante el
    BCRP.
  • Las Redes de Pago y los Adquirentes deben presentar al BCRP un Reglamento Operativo que debe cumplir con los requerimientos mínimos establecidos en la norma. 
  • Las Redes de Pago, los Adquirentes y Facilitadores de Pago deben publicar en su portal web, de manera visible, expresa y accesible, la información establecida en la circular.
  • Las Redes de Pago, los Emisores, los Adquirentes y los Facilitadores de Pago deben remitir al BCRP la información establecida en el anexo de la norma.
  • Las Redes de Pago y los Adquirentes deben remitir trimestralmente al BCRP los hechos de importancia establecidos en la norma.

Se establecen infracciones y sanciones para los participantes de los APT.

La norma entra en vigencia el 1 de enero de 2023.