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Se modifica el "Protocolo Sanitario Sectorial para la Prevención del COVID-19 para los servicios de telecomunicaciones"

Informativo Legal | Administrativo y Contratación Pública

28 de mayo, 2020

Mediante Resolución Ministerial 285-2020-MTC/01, publicado el 27 de mayo de 2020, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante, “MTC”) dispuso modificar el numeral 6 del “Protocolo Sanitario Sectorial para la Prevención del Covid-19, para los servicios de Telecomunicaciones”, aprobado por Resolución Ministerial 258-2020-MTC/01.

Las modificaciones efectuadas tienen como finalidad garantizar la calidad de atención a los usuarios o abonados, permitiendo la entrega domiciliaria de bienes y productos a través de empresas proveedoras distintas a las empresas concesionarias.

A continuación, detallamos los aspectos más relevantes de dichas modificaciones:

Con relación a las actividades de venta y distribución – Delivery

Se precisa que la entrega de equipos en el domicilio del cliente se realiza por el personal de la empresa concesionaria o de empresas logísticas especializadas.

De optarse por el uso de empresas logísticas especializadas, estas deben cumplir una serie de requisitos societarios, tributarios y laborales.

De otro lado, en zonas geográficas donde la empresa concesionaria no cuente con empresas logísticas especializadas, puede contratar otras empresas de delivery debidamente autorizadas. De producirse dicho supuesto, la empresa concesionaria asume la responsabilidad respecto del cumplimiento de los protocolos y normas del sector telecomunicaciones, por parte de dichas empresas de delivery.

Con relación a la verificación biométrica con auto-activación, con lector de huella dactilar y contratación del servicio público móvil sin verificación de huella dactilar

La entrega del “SIM card” se realiza de manera personal en el domicilio del solicitante del servicio, para lo cual se requiere de la exhibición del documento de identificación válido, sin entrega física.