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Se modifican los lineamientos para determinar los giros afines o complementarios entre sí para el otorgamiento de licencias de funcionamiento y listado de actividades simultáneas y adicionales

Informativo Legal

13 de mayo de 2020

Con fecha 12 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo N° 009-2020-PRODUCE (en adelante, ‘’DS-009’’), que modifica el Decreto Supremo N° 011-2017-PRODUCE, que aprobó los Lineamientos para determinar los giros afines o complementarios entre sí para el otorgamiento de licencias de funcionamiento y listado de actividades simultáneas y adicionales que pueden desarrollarse con la presentación de una declaración jurada ante las Municipalidades.

Entre las principales modificaciones, tenemos:

Listado de actividades simultáneas y adicionales

Los administrados que deseen desarrollar actividades simultáneas y adicionales en sus establecimientos deberán:

  • Presentar una Declaración Jurada, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo N° 046-2017-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976.
  • Respetar los siguientes criterios de manera concurrente:
  1. No deben afectar las condiciones de seguridad del establecimiento.
  2. No pueden ser de riesgo alto ni muy alto.
  3. Deben ocupar un área menor a la que ocupa el giro del negocio.
  4. No deben alterar de manera estructural la infraestructura del establecimiento, ni el desarrollo del giro del negocio.

Asimismo, se aprueba el nuevo listado de actividades simultáneas y adicionales, de acuerdo al siguiente cuadro: