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A propósito de la serie de disposiciones que han admitido el retiro del 100% de la CTS para los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada hasta el mes de diciembre del año de 2023, es importante recordar algunos detalles importantes sobre este fondo.
Importancia de CTS
La CTS es un beneficio cuya finalidad es brindar al trabajador protección en caso de desempleo, por lo que, el trabajador solo podía acceder al mencionado fondo una vez terminada la relación laboral que mantenía con la empresa. Sin embargo, esta finalidad se ha ido perdiendo a lo largo del tiempo, atendiendo a las diversas facilidades brindadas por el Gobierno admitiendo la disposición de los citados fondos.
Este beneficio es equivalente a una remuneración mensual por año, el cual es computable semestralmente.
¿Quienes tiene derecho a este beneficio?
Tienen derecho a la CTS los trabajadores que laboren por lo menos cuatro horas diarias, devengándose desde el primer mes de servicios.
Oportunidad de abono
- La forma de cancelación de la CTS es mediante depósitos semestrales en instituciones bancarias o financieras elegidas por cada trabajador.
- Los depósitos deben efectuarse dentro de los 15 primeros días de los meses de mayo y noviembre de cada año a razón de tantos dozavos de remuneración computable como meses completos hayan laborado en el semestre respectivo.
- La fracción de mes debe depositarse por treintavos.
Forma de cálculo
Se considera remuneración computable para la CTS la remuneración básica y toda otra cantidad que regularmente perciba el trabajador en dinero o en especie y que sea de su libre disposición. Las gratificaciones de julio y diciembre se computan a razón de un sexto de su importe.
Sanciones por incumplimiento
El empleador que incumpla con el pago del citado beneficio incurrirá en una infracción grave a la normativa sociolaboral, susceptible de multa por parte de SUNAFIL, cuya cuantía dependerá de la cantidad de trabajadores afectados con el incumplimiento, la cual podrá oscilar entre S/7,222.00 a S/120,152.00.