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El cálculo de los tributos municipales es habitualmente notificado a inicios de año por cada Municipalidad (“Cuponera”). Sin embargo, es responsabilidad de las empresas validar que los datos consignados sean correctos, de lo contrario pueden generarse sorpresas ante eventuales fiscalizaciones.
Entre las validaciones fundamentales tenemos:
1. Impuesto Predial
Titularidad
Verificar que los predios de su titularidad estén correctamente indicados.
Valor de terreno
Verificar que el “valor arancelario” del terreno sea correcto, según planos del MEF. Así como el metraje.
Valor de la construcción
- Verificar que el “área construida” tenga el metraje correcto.
- Verificar el valor asignado a áreas construidas, obras complementarias, e instalaciones fijas y permanentes.
- Verficar que los porcentajes de depreciación, categoría de materiales y áreas de terreno del predio sean correctas.
Omisiones
Verificar que el cálculo no hubiera omitido otras construcciones, obras o instalaciones fijas y permanentes en el predio de las cuales se tuviera conocimiento.
2. Arbitrios Municipales
Titularidad
Verificar que los predios de su titularidad estén correctamente indicados.
Uso
Validar que el “uso del predio”, según el listado aprobado por cada Municipalidad, sea el correcto. Cada Municipalidad tiene su propio listado de usos y sus respectivas definiciones
Dimensiones
Verificar que el “área construida” y metraje “frontis” sea la correcta por cada predio.
De tener cualquier objeción al cálculo notificado por la Municipalidad, ello debe comunicarse hasta el último día hábil de febrero para proceder a la modificación automática dicho cálculo.