Osinergmin posterga hasta el 1 de enero de 2027 la entrada en vigencia del nuevo PR-22 “Reserva Rotante para Regulación Secundaria de Frecuencia”
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El 29 de agosto de 2026, se publicó la Resolución de Consejo Directivo N° 162-2026-OS/CD, mediante la cual Osinergmin modificó el artículo 1 de la Resolución N° 21-2026-OS/CD y postergó al 1 de enero de 2027 la entrada en vigencia del nuevo Procedimiento Técnico del COES N° 22 “Reserva Rotante para Regulación Secundaria de Frecuencia” (PR-22).
¿Cuándo se aprobó el nuevo PR-22 y cuáles son sus principales cambios?
El nuevo PR-22 fue aprobado el 14 de febrero de 2026, mediante la Resolución N° 21-2026-OS/CD. Este procedimiento establece nuevos criterios y mecanismos para la prestación, determinación, programación, asignación y remuneración del servicio de Regulación Secundaria de Frecuencia (RSF), así como para el seguimiento y control de su desempeño y la determinación de los pagos y compensaciones correspondientes.
A diferencia del PR-22 actualmente vigente, que contempla un esquema basado en la Provisión Base y el Mercado de Ajuste, el nuevo PR-22 introduce un esquema sustentado en los Mercados de Cobertura y de Ajuste, incorpora un precio límite para las ofertas, una metodología para determinar la reserva mínima requerida de RSF y nuevas reglas para la participación de las Unidades de Regulación Secundaria (URS) y los equipos RegFrec.
Originalmente, se contempló que el nuevo PR-22 entrara en vigencia el 1 de setiembre de 2026, dejando sin efecto, a partir de dicha fecha, el PR-22 aprobado mediante Resolución N° 003-2020-OS/CD.
¿Por qué se modificó la fecha de entrada en vigencia del nuevo PR-22?
La postergación responde principalmente a que la entrada en vigencia del nuevo PR-22 requería contar con un “Factor de Incentivo” aprobado, el cual será utilizado para determinar el precio límite de las ofertas de RSF en los nuevos Mercados de Ajuste y de Cobertura.
Al respecto, el COES presentó su propuesta para el periodo setiembre-diciembre de 2026 el 12 de agosto de 2026; sin embargo, Osinergmin formuló observaciones sustanciales sobre su metodología y sustento técnico y económico. En esa línea, el 21 de agosto de 2026, el COES solicitó 30 días hábiles adicionales para absolver las señaladas observaciones e indicó que no sería posible contar con el Factor de Incentivo para el 1 de setiembre de 2026.
Ante ello, Osinergmin ha decidido mantener vigente el régimen actual hasta el 31 de diciembre de 2026 y postergar la entrada en vigencia del nuevo PR-22 al 1 de enero de 2027, a fin de culminar las actuaciones necesarias para su implementación y asegurar la continuidad del servicio.
Esta nueva fecha, además, resulta consistente tanto con las disposiciones transitorias del nuevo PR-22 para la implementación del Mercado de Cobertura, cuyos resultados debían ser aplicables a partir del 1 de enero de 2027, como con el precio del servicio de RSF aprobado hasta el 31 de diciembre de 2026 bajo el PR-22 vigente.
En ese sentido, la modificación no altera el contenido de las reglas aprobadas mediante la Resolución N° 21-2026-OS/CD, sino que únicamente modifica la fecha a partir de la cual serán aplicables, permitiendo que el régimen vigente se mantenga hasta el cierre de 2026 y que la transición al nuevo esquema se realice de manera ordenada.
¿Qué implica esta postergación?
La postergación implica que las generadoras que actualmente prestan el servicio de RSF mantendrán, hasta el 31 de diciembre de 2026, el régimen actual de prestación y remuneración, evitando una transición inmediata a un esquema cuya implementación aún requiere actuaciones pendientes. A su vez, el plazo adicional permitirá a los agentes prepararse para los cambios que entrarán en vigor en 2027, particularmente aquellos vinculados con el Mercado de Cobertura, el Factor de Incentivo y las nuevas reglas de participación y remuneración de la RSF.
Resolución de Consejo Directivo N° 162-2026-OS/CD
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