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Poder Judicial implementa Plan de Descarga Procesal

Solución de Conflictos

16 Nov 2021 Perú 5 min de lectura

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El problema de la sobrecarga procesal en el Poder Judicial continua incrementándose año a año, más aún, desde inicios del 2020 producto de la pandemia, por lo cual se ha visto en la necesidad de implementar un Plan de Descarga Procesal con el objetivo de descongestionar la carga actual. Por eso, es necesario conocer como se va desarrollando este plan en la actualidad.

Uno de los problemas más relevantes de nuestro Poder Judicial definitivamente es la sobrecarga procesal que se presenta en la actualidad, la lentitud con la que se tramitan los expedientes judiciales, el uso excesivo de la vía judicial para resolver alguna disputa legal, así como los medios impugnatorios que buscan solo dilatar el proceso, y las restricciones derivadas de la pandemia del COVID 19.  Todo esto generó que la carga procesal se haya incrementado y actualmente tengamos mas de dos millones y medio de procesos en trámite. 

En tal sentido, el Poder Judicial se ha visto en la necesidad de ir implementado a través del tiempo medidas que ayuden a resolver los conflictos de una manera rápida y eficaz, y dar respuesta inmediata judicial, por lo cual se han implementado varias alternativas para la solución de este problema tales como; la transformación digital, el modelo oral y el plan de descarga procesal. 

¿Qué es el Plan de Descarga Procesal del Poder Judicial?

Este plan lo que pretende es descongestionar la carga procesal penal y civil en los distritos judiciales del país y en la Corte Suprema, optimizando tiempo a través de la ejecución de jornadas maratónicas de audiencias, transcripción de actas de audiencias, actualización del Sistema Integrado Judicial, depuración de procesos archivados, emisión de resoluciones y todas aquellas actividades especificas que permitan lograr los objetivos de este plan de descarga procesal.

Es así, que el Decreto de Urgencia N° 083-2021 de fecha 06 de setiembre de 2021, tiene la finalidad de disponer medidas extraordinarias en materia económica y financiera vinculadas al fortalecimiento de la disponibilidad de recursos humanos durante los meses de setiembre, octubre, noviembre y diciembre del presente año. Además, autoriza a las entidades de Administración Publica comprendidas en el articulo 2° del Decreto Legislativo N° 1057, norma que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, así como a las que han transitado al régimen del servicio civil, de manera excepcional a contratar servidores civiles bajo el régimen del contrato administrativo de servicios hasta el 02 de noviembre del 2021, con la finalidad que las entidades de la Administración Publica, a través de su oficina de Recursos Humanos, determinen la necesidad de servidores civiles que permitan implementar acciones para sostener o mejorar la capacidad operativa, brindar los servicios indispensables a la población, garantizar el adecuado funcionamiento en aras de un optimo servicio de impartición de justicia que garantice la tutela jurisdiccional efectiva.

En este caso, tenemos que el Poder Judicial ejecutará un Plan Nacional de Descarga Procesal desde el 26 de noviembre, que incluirá jornadas maratónicas de audiencias extraordinarias, con el fin de mejorar la producción jurisdiccional respecto al retraso de los procesos y la elevada carga procesal existente en todos los órganos jurisdiccionales a nivel nacional como producto de esta pandemia. Por tal motivo, se dispuso la contratación de personal a nivel nacional para impulsar este plan de descarga en concordancia con el Decreto de Urgencia N° 083-2021

En el ámbito penal, para descongestionar la carga procesal y optimizar el tiempo de realización de audiencias, el Poder Judicial avanza con su plan de descarga y liquidación en órganos jurisdiccionales penales del Código Procesal Penal – Segunda Etapa 2021, vigente del 1° de octubre hasta el 31 de diciembre, en concordancia con el Decreto de Urgencia N° 083-2021, por lo cual, todas las actividades de plan de descarga, tanto en el modulo penal como en el archivo central y Corte Suprema serán estandarizadas, siguiendo los lineamientos y metodología desarrollados por la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal UETI-CPP.

Podemos finalmente concluir que el Poder Judicial a través del tiempo ha buscado medidas que solucionen y reduzcan la carga procesal acumulada. Sin embargo, a pesar de todos sus esfuerzos la carga procesal a llegado a un punto excesivo, más aún, con la llegada del COVID 19. Por ese motivo, consideramos que el Decreto de Urgencia N° 083-2021 que establece la contratación de personal para el apoyo de la descarga procesal a nivel nacional, no es suficiente, pues la solución no solo es la contratación de trabajadores que apoyen a nuestro sistema judicial en la descarga procesal, sino el seguimiento a la producción de trabajo y cumplir con los objetivos del Plan de Descarga Procesal para producir un impacto favorable en nuestro sistema de justicia.

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