“La resolución contractual por incumplimiento es una figura jurídica que permite a una de las partes de un contrato poner fin a este cuando la otra parte no cumple con sus obligaciones establecidas en el contrato. El incumplimiento puede ser total o parcial, y puede referirse a cualquier tipo de obligación, como el pago de una suma de dinero, la entrega de un bien o servicio, o la realización de una acción específica”.
¿Cuáles son los requisitos para que opere la resolución del contrato?
- El Incumplimiento debe ser grave/relevante: se incumple una obligación esencial y no se puede subsanar.
- Se debe estar ante un contrato con reciprocidad prestacional: ambas partes tienen obligaciones a su cargo.
- El incumplimiento debe obedecer a causas imputables al deudor y se le debe haber otorgado un plazo razonable para que cumpla con subsanar el incumplimiento.
- Debe existir legitimidad de la parte fiel ante la parte infiel: se denomina “parte fiel” aquella que cumplió con la obligación a su cargo y se encuentra facultada a resolver el contrato, al ser perjudicada con el incumplimiento de su contraparte.
¿Qué vías tengo para resolver un contrato?
- Resolución jurisdiccional: a partir de un proceso, se exige al juez o árbitro que se resuelva el contrato al evidenciar el incumplimiento.
- Resolución no jurisdiccional: el contrato deja de surtir efectos, sin que sea necesario que el juez o el árbitro lo declare mediante sentencia firme; es decir, fuera de un proceso o instancias judiciales. Para ello existen dos maneras:
1) Cláusula resolutoria expresa
Las partes de manera previa integraron en el contrato una cláusula especial donde declaran que, si una de ellas no cumple con determinada obligación, el contrato quedará resuelto de pleno derecho.
Para que opere, las partes en el contrato deben haber identificado cual es la obligación u obligaciones cuyo incumplimiento generará que el contrato se resuelva de manera automática. Asimismo, resolución se produce de pleno derecho cuando la parte interesada comunica a la otra que quiere valerse de la cláusula resolutoria.
2) Resolución por intimación
Es una de las modalidades mediante la cual se puede manifestar el derecho de resolver el contrato; establecida en los artículos 1428° y 1429° del Código Civil.
La parte perjudicada con el incumplimiento puede requerir dentro de un plazo no menor a 15 días que la otra parte cumpla con su obligación a cargo; en caso contrario, el contrato queda resuelto de pleno derecho. La comunicación deberá remitirse vía notarial y deberá señalarse expresamente que, frente al incumplimiento, el contrato quedará resuelto.
En la práctica se recomienda, una vez transcurrido el plazo otorgado sin que la otra parte haya subsanado el incumplimiento, remitir una segunda comunicación, siguiendo la misma formalidad de la primera, con el fin de que la contraparte tenga pleno conocimiento de que el contrato quedó resuelto - dado que todo acto de ejecución contractual es de carácter recepticio-.
La resolución contractual por incumplimiento puede tener consecuencias importantes:
De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1371° y 1372° de nuestro Código Civil, se han previsto los efectos extintivo y restitutorio, pues la resolución deja sin efecto un contrato válido por causal sobreviniente a su celebración:
- La terminación del contrato y el fin de las obligaciones de las partes.
- La devolución de sumas pagadas o la restitución de bienes entregados.
- El pago de indemnizaciones por daños y perjuicios.
- La posibilidad de iniciar acciones legales para reclamar el cumplimiento del contrato o la reparación de los daños causados.
Conclusión
Es importante mencionar que, la resolución contractual por incumplimiento debe ser analizada caso por caso, verificando si se cumple con los requisitos y evaluando las posibles consecuencias que se pueden generar.