El lunes 26 de febrero de 2023 el Congreso de la República aprobó en segunda votación el Dictamen 34 recaído en los proyectos de le ley 3267, 3272 y 4374, que contiene la Ley de Fomento de hidrógeno verde que promueve el uso del hidrógeno verde como combustible y vector energético en el Perú.
Esta Ley tiene como objeto el fomento de la investigación, producción, transformación, almacenamiento y acondicionamiento del hidrógeno verde como fuente de energía limpia, coadyuvando al cumplimiento de la Contribución Nacional Determinada a Nivel Nacional del país establecida en el Acuerdo de París.
Es importante resaltar que el artículo 2° de la Ley define al hidrógeno verde como un vector energético producido con tecnologías de baja emisión de gases de efecto invernadero.
Asimismo, la Ley indica que el Ministerio de Energía y Minas fomentará la generación, producción y el uso del hidrogeno verde en la industria a partir de energías renovables. Principalmente, con vector energético, combustible y como insumo en procesos industriales.
El MINEM además, se encargará de formular la política y planificación sectorial para el desarrollo del hidrógeno verde, alineándose con PRODUCE, MTC, MINAM y MEF. Dichas políticas involucran:
- Establecimiento de metas conforme al Decreto Supremo N°03-2022-MINAM que declara de interés nacional la emergencia climática.
- Determinar acciones y plazos para diseño e implementación de programas de promoción.
- Planificación territorial.
- Otorgamiento de beneficios económicos y tributarios.
- Incentivar el uso del hidrogeno verde.
- Obtención de financiamiento internacional, entre otros.
Con la entrada en vigencia la Ley, el Poder Ejecutivo tendrá un plazo de 180 días calendario para aprobar el reglamento y la normativa adicional necesaria