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Diego Garcia, LL.M.

Socio

Contactos
CMS Carey & Allende
Av. Costanera Sur 2730, Piso 9
Parque Titanium, Las Condes
7550000 Santiago
Chile
Idiomas Español, Inglés

Diego colidera al equipo Tributario en CMS Carey & Allende. Concentra su actividad profesional en planificaciones y reorganizaciones tributarias para empresas locales y extranjeras. Adicionalmente, presta asesorías en impuestos fiscales y municipales a empresas, individuos y familias de alto patrimonio. Como líder de esta área, está a cargo del diseño e implementación de reorganizaciones empresariales de todo tipo, así como de la estrategia de defensa en sede administrativa y judicial.

Diego trabaja en estrecha coordinación con las demás áreas de nuestra firma, donde aporta su experiencia y visión tributaria como parte esencial del valor agregado que entregamos a nuestros clientes.

Ha participado activamente en el análisis y estudio de la reforma tributaria Chilena (2014-2016), integrando los grupos de discusión que apoyaban el trabajo legislativo, lo que lo sitúa como un profesional referente en la materia.

Anteriormente trabajó en el Departamento Tributario y Legal de PricewaterhouseCoopers Chile.

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Experiencia relevante

  • Tratados de doble imposición.
  • Representación de clientes ante las autoridades tributarias de Chile.
  • AquaChile S.A; Inversiones Alimenticias Victoria Ltda./ Emprendedor I Fondo de Inversión; Metaliza S.A.: Evalúa las contingencias tributarias que pudieran producirse como consecuencia de la ejecución de contratos o del cierre de operaciones en las diferentes industrias en las que desarrollan sus actividades.
  • Parte importante de su práctica consiste en diseñar e implementar la planificación tributaria para personas naturales y familias de alto patrimonio.
  • Dreams S.A.; Centrovet; Triumph Internacional: Trabaja en estrecha colaboración con el área Corporativo/M&A: todas las fusiones y adquisiciones pasan por el equipo tributario para un doble control.
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Reconocimientos y rankings

Recomendado en Chambers and Partners, The Legal 500, Latin Lawyer 250, Leaders League, y Best Lawyers.

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Formación académica

  • 2002 – Máster en Derecho (LL.M.) en Tributación Europea e Internacional, Universidad Católica de Lovaina (Bélgica) – Universidad de Tilburg (Países Bajos)
  • 2001 – Diplomado en Gestión Tributaria, Universidad Adolfo Ibáñez
  • 1997 – Abogado, Universidad de Chile
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Áreas de práctica

Canal web

13/12/2023
Convenios para Evitar la Doble Tributación en América Latina
Nos complace compartir una guía que ha preparado el equipo de expertos en derecho tributario de América Latina sobre los Convenios para Evitar la Doble Tributación. Los Convenios desempeñan un papel crucial en la seguridad jurídica de las inversiones extranjeras y en la reducción del impacto de la doble tributación, fomentando un entorno propicio para el intercambio comercial. En esta guía:Exploramos de manera concisa y práctica el tratamiento tributario de no domiciliados en Brasil, Chile, Colombia, México y Perú. Ofrecemos referencias clave sobre legislación, criterios judiciales y aspectos esenciales de los Convenios para Evitar la Doble Imposición vigentes en cada jurisdicción. El listado de los Convenios vigentes en cada país.
13/12/2023
Chile
Chile cuenta con una amplia red de convenios para evitar la doble tributación, siendo un país sumamente favorable a la inversión extranjera. A la fecha, Chile cuenta con 36 Convenios para Evitar la Doble Tributación vigentes (CDI) (de­s­ca­r­gar la guía para ver el listado completo). Adicionalmente, se encuentra suscrito, pero no vigente el CDI con los Estados Unidos de América. Se espera que este CDI sea ratificado dentro de 2024, toda vez que ha sido aprobado por ambos países, faltando solamente los últimos trámites para su ratificación. También se encuentra en vigencia la Convención para homologar el tratamiento impositivo previsto en Convenios entre los Estados Parte del Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico (Chile, Colombia, México y Perú), que será aplicable en Chile a partir del 01.01.2024, y la Convención Multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios (MLI), el cual entró en vigor en Chile el 1 de marzo de 2021. En lo principal, el MLI ha afectado algunas disposiciones en los CDI respecto a establecimientos permanentes. Adicionalmente, Chile cuenta con una red relevante de Convenios de Transporte Internacional, y de Convenios De Intercambio de Información vigentes. Procedimientos de Acuerdo Mutuo Actualmente, la autoridad fiscal chilena (SII) está fomentando el uso de los procedimientos de acuerdo mutuo en materia de fiscalizaciones de precios de transferencia. A partir del año 2022, el SII ha creado un equipo especializado para la aplicación de estos procedimientos, el cual es separado el equipo de fiscalización. Por su parte, a partir del año 2022 se han impartido instrucciones respecto de estos acuerdos, plasmadas en la Circular 19 de 2023. Pronunciamientos del Poder Judicial Existe amplia jurisprudencia en materia de aplicación de CDI. La Corte Suprema de Justicia ha fijado criterios en relación con la obligación del Estado de residencia en la aplicación del método de imputación o crédito por impuestos pagados en el extranjero, para evitar la generación de doble imposición. (CS fallo en causa 40023-2017 de 26/11/2019). En línea con el modelo OCDE, la Jurisprudencia chilena considera el factor de residencia como el elemento principal a efectos de determinar la potestad tributaria de un Estado Contratante (Fallo Corte de Apelaciones de 14/04/2023). Jurisprudencia Administrativa (SII) El SII ha emitido numerosa jurisprudencia en materia de aplicación de los CDI lo que permite tener alto grado de seguridad respecto de los criterios adoptados por la autoridad. Conceptos tales como “residente”, “beneficiario efectivo”, “es­ta­ble­ci­mie­n­to permanente” se encuentran tratados en diferentes oficios y circulares emitidos por el SII desde 2009 a la fecha: Oficios 1058 de 2021, 1746 de 2022, 2875 de 2022, 1383 de 2015, 1278 de 2021, 684 de 2021, 1342 de 2023, 1260 de 2022 y Circulares 57 de 2009, 59 de 2014, 63 de 2021 y 19 de 2023. Rango de Ley Los Convenios en Chile revisten rango de ley, voluntad que ha sido plasmada y consagrada en nuestra Constitución Política de la República específicamente en su artículo 5°. Cláusula Chile: Tratamiento especial a la distribución de dividendos a países con CDI vigente Chile tiene un Sistema de rentas integrado, otorgando un crédito contra los impuestos de retención, por los impuestos corporativos pagados a nivel de la filial en Chile. En el caso de países con CDI vigente, dicho crédito alcanza el 100% de los impuestos corporativos pagados. Así Chile se reserva la aplicación preferente de la ley interna por sobre las disposiciones del CDI en esta materia, aplicándose en consecuencia una tasa de retención que, en conjunto con los impuestos corporativos pagados, representen una carga tributaria total efectiva del 35%.
05/01/2022
Alerta Tributaria
Los últimos meses de 2021 y el comienzo de 2022 han sido muy activos en materia tributaria. Entre las novedades más importantes están:El plan tributario del nuevo Pre­si­de­n­te ele­c­to. La ac­tua­li­za­ción...