Aprueban Proyecto de Ley que extiende los niveles de protección y tutela de la maternidad y paternidad
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El día 13 de marzo del 2024, el Pleno del Congreso aprobó por mayoría el Proyecto de Ley (PL-1330-2024) que extiende los niveles de protección y tutela de la maternidad y paternidad de los trabajadores del Perú. En ese sentido, detallamos los principales alcances, conforme al siguiente detalle:
| Facilidades para madres trabajadoras | Se propone el otorgamiento de facilidades para madres gestantes o lactantes:
En caso el empleador deniegue las solicitades de manera injustificada, se le propondrá una multa grave, conforme al artículo 5.16 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo. |
| Días adicionales de licencia por paternidad | Se propone extender la licencia por paternidad a 15 días calendario consecutivos desde el parto. Los 10 primeros días serán asumidos por el empleador y los 5 restantes los asumirá ESSALUD mediante subsidio. Ahora bien, en caso de nacimientos prematuros o partos múltiples, el número de días de descanso se extiende a 25 días calendario consecutivos. Los 20 primeros días serán asumidos por el empleador y los 5 restantes los asumirá ESSALUD mediante subsidio. |
| Licencias por adopción | En caso de que los trabajadores laboren para la misma empresa y adopten, la licencia será tomada por ambos padres, no solo por la mujer. |
| Licencias por permisos de controles prenatales | A fin de garantizar el bienestar de la trabajadora en gestación, se considerará como permiso con goce de haber, aquel que sea tomado por la trabajadora para acudir a sus controles prenatales. Para ello, la trabajadora gestante deberá solicitar el permiso con 3 días hábiles de anticipación, exhibiendo la cita correspondiente. |
| Presunción de nulidad de despido | Se presumirá la existencia de despido nulo en los siguientes supuestos:
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Cabe precisar que, el Proyecto de Ley fue aprobado por mayoría y exonerado de una segunda votación. Por tal motivo, únicamente quedaría pendiente que se remita el dictamen al Poder Ejecutivo para su promulgación o su observación.