Con fecha 29 de junio 2022, en el Diario Oficial “El Peruano”, se publicó el Decreto Supremo N° 007-2022-IN, expedida por el Ministerio de Interior, que aprueba el Texto Único de Procedimientos (“TUPA”) de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (“SUCAMEC”).
Principales Procedimientos relativos a explosivos y materiales relacionados
Sujetos al silencio negativo se incluyen los siguientes procedimientos:
Procedimientos administrativos | Entregable | Plazo de atención |
Autorización para la adquisición y uso de explosivos y materiales relacionados (Código PA34002C95). | Resolución de Gerencia aprobatoria de cumplirse con todos los requisitos con vigencia de un (01) año, no sujeta a renovación. | 20 días hábiles |
Modificación de la autorización para la adquisición y uso de explosivos y materiales relacionados. (Código PA340059B5). | Resolución de Gerencia aprobatoria de cumplirse con todos los requisitos, no sujeta a renovación. | 20 días hábiles |
Autorización para la manipulación de explosivos y materiales relacionados (Código PA34000D6B). | El carné de manipulador de explosivos y materiales relacionados tiene una vigencia de tres (03) años, no sujeto a renovación. | 17 días hábiles |
Autorización de almacenamiento de explosivos y materiales relacionados. (Código PA34008F9E). | Resolución de Gerencia aprobatoria de cumplirse con todos los requisitos con vigencia de un (01) año, no sujeta a renovación. | 28 días hábiles |
Modificación de la autorización de almacenamiento de explosivos y materiales relacionados. (Código PA34002FFB). | Resolución de Gerencia aprobatoria de cumplirse con todos los requisitos, no sujeta renovación. | 26 días hábiles |
Autorización excepcional de uso de explosivos en proceso de formalización. (Código PA34008316). | Resolución de Gerencia aprobatoria de cumplirse con todos los requisitos con vigencia de seis (06) meses, no sujeta a renovación. | 28 días hábiles |
Autorización excepcional de uso de explosivos en proceso de formalización (Código PA34008316).
Dicho procedimiento pueden solicitarlo las personas naturales o jurídicas, que cuenten con el Informe Técnico aprobatorio (que reemplaza al COME – Certificado de Operación Minera Excepcional), expedido por el Ministerio de Energía y Minas para el caso de Lima Metropolitana, o los gobiernos regionales en el ámbito de sus competencias y que además se encuentren en el REINFO. Se exigen como requisitos:
- No poseer antecedentes penales, judiciales y policiales.
- Relación de manipuladores de explosivos, indicando el número de licencia vigente de cada uno de ellos.
- Copia del contrato de locación de servicios (vigilancia armada permanente) con empresa autorizada por SUCAMEC para la prestación de servicios de vigilancia privada con arma de fuego que garantice las medidas de seguridad.
- En caso de no contar con polvorín propio y autorizado por la SUCAMEC, presentará copia del contrato suscrito con la empresa que se encargará del almacenamiento y seguridad de los explosivos
- Informe indicando las medidas de seguridad del polvorín, empresa o entidad que brinda la seguridad y, de corresponder, los saldos de explosivos.
- Copia del Certificado de Operación Minera Excepcional, expedida por el Ministerio de Energía y Minas para el caso de Lima Metropolitana, o los gobiernos regionales en el ámbito de sus competencias
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