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Newsletter 12 ago 2024 · Perú

Autorizan el funcionamiento de la Asociación de Productores Organizados de la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú - PROCACAO AMAZONAS PERÚ, como Consejo Regulador de la Denominación de Origen Cacao Amazonas

Alerta Legal

3 min de lectura

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Mediante Resolución Nº13848-2024 /DSD-INDECOPI (en adelante La Resolución) la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI autorizó el funcionamiento de la Asociación de Productores Organizados de la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú - Procacao Amazonas Perú, como Consejo Regulador de la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú, atribuyéndole las siguientes funciones:
  1. Orientar, vigilar y controlar la producción y comercialización de los productos que ostentan la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú, verificando el cumplimiento del reglamento de la denominación de origen, a efectos de garantizar el origen y calidad de los mismos para su comercialización en el mercado nacional e internacional.
  2. Formular, cuando corresponda, las propuestas de modificación del reglamento de la denominación de origen, para su aprobación por la Dirección de Signos Distintivos.
  3. Velar por el prestigio, protección y buen uso de la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú, en el mercado nacional e internacional en coordinación con los demás sectores públicos y privados, según corresponda.
  4. Actuar con capacidad jurídica en la representación y defensa de los intereses generales de la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú.
  5. Llevar un padrón de beneficiarios de la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú.
  6. Llevar un control de la producción anual del Cacao Amazonas Perú.
  7. Iniciar las acciones legales correspondientes ante la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI y demás entidades pertinentes, en los casos de infracción a la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú.
  8. Garantizar el origen y la calidad de los productos amparados por la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú, estableciendo para ello un sistema de control de calidad que comprenda los exámenes pertinentes.
  9. Establecer y aplicar sanciones a sus asociados por el incumplimiento del estatuto, de acuerdo con lo previsto en el mismo.
  10. Realizar las acciones necesarias para preservar el prestigio y buen uso de la denominación de origen que administra.
  11. Otorgar las autorizaciones de uso de la denominación de origen que administra.

Finalmente, la Dirección de Signos Distintivos precisa a través de la Resolución que el incumplimiento de las especificaciones técnicas del producto establecidas en la Resolución Nº 014866-2016/DSD-INDECOPI de fecha 29 de agosto de 2016 y en el Reglamento de la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú, facultará a la Dirección de Signos Distintivos a cancelar la autorización de uso correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 217 de la Decisión 486 y el artículo 21 de la Ley N° 28331, o la norma que los sustituya o modifique.

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