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Mediante Resolución Nº13848-2024 /DSD-INDECOPI (en adelante La Resolución) la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI autorizó el funcionamiento de la Asociación de Productores Organizados de la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú - Procacao Amazonas Perú, como Consejo Regulador de la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú, atribuyéndole las siguientes funciones:
- Orientar, vigilar y controlar la producción y comercialización de los productos que ostentan la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú, verificando el cumplimiento del reglamento de la denominación de origen, a efectos de garantizar el origen y calidad de los mismos para su comercialización en el mercado nacional e internacional.
- Formular, cuando corresponda, las propuestas de modificación del reglamento de la denominación de origen, para su aprobación por la Dirección de Signos Distintivos.
- Velar por el prestigio, protección y buen uso de la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú, en el mercado nacional e internacional en coordinación con los demás sectores públicos y privados, según corresponda.
- Actuar con capacidad jurídica en la representación y defensa de los intereses generales de la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú.
- Llevar un padrón de beneficiarios de la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú.
- Llevar un control de la producción anual del Cacao Amazonas Perú.
- Iniciar las acciones legales correspondientes ante la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI y demás entidades pertinentes, en los casos de infracción a la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú.
- Garantizar el origen y la calidad de los productos amparados por la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú, estableciendo para ello un sistema de control de calidad que comprenda los exámenes pertinentes.
- Establecer y aplicar sanciones a sus asociados por el incumplimiento del estatuto, de acuerdo con lo previsto en el mismo.
- Realizar las acciones necesarias para preservar el prestigio y buen uso de la denominación de origen que administra.
- Otorgar las autorizaciones de uso de la denominación de origen que administra.
Finalmente, la Dirección de Signos Distintivos precisa a través de la Resolución que el incumplimiento de las especificaciones técnicas del producto establecidas en la Resolución Nº 014866-2016/DSD-INDECOPI de fecha 29 de agosto de 2016 y en el Reglamento de la Denominación de Origen Cacao Amazonas Perú, facultará a la Dirección de Signos Distintivos a cancelar la autorización de uso correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 217 de la Decisión 486 y el artículo 21 de la Ley N° 28331, o la norma que los sustituya o modifique.