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Establecen plazo para la presentación de la Declaración Anual Consolidada (DAC) correspondiente al año 2021

Alerta Legal | Minería

18 de abril, 2022

Con fecha 11 de abril 2022, en el Diario Oficial “El Peruano”, se publicó la Resolución Directoral No. 375-2022-MINEM/DGM, expedida por la Dirección General de Minería, la cual establece plazo y el procedimiento para la presentación de la Declaración Anual Consolidada correspondiente al año 2021.

Principales Disposiciones:

Plazo para presentación de la DAC.

Establece un cronograma en base al último digito del RUC de los titulares de actividad minera.

Último Dígito del RUCFecha de Vencimiento
Titulares sin RUC01 de julio 2022
0-104 de julio 2022
2-305 de julio 2022
4-506 de julio 2022
6-707 de julio 2022
8-908 de julio 2022
Pequeños Productores Mineros o Productores Mineros Artesanales

Los titulares de la actividad minera debidamente acreditados como Pequeños Productores Mineros o Productores Mineros Artesanales al 31 de diciembre de 2021 deberán seguir el procedimiento contenido en el Anexo I.

Anexo I  Contiene las instrucciones para la presentación de la Declaración Anual Consolidada (DAC) correspondiente al año 2021.

Anexo II ‑ Los titulares de la actividad minera que están obligados a la presentación de la DAC se encuentran detallados en el Anexo II de la Resolución Directoral.

Incumplimiento a la presentación de la DAC

La no presentación de la Declaración Anual Consolidad (DAC) por los titulares de la actividad minera dará lugar al inicio del procedimiento administrativo sancionador.