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Jueces de Salas Supremas uniformizan criterios respecto a la tramitación de recursos de casación en los procesos contenciosos administrativos

Alerta legal | Solución de Conflictos

30 de marzo, 2023

El 27 de marzo de 2023, los veinte (20) magistrados de las cuatro (4) Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República competentes para ver Procesos Contenciosos Administrativos (la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente, la Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria y la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria) se reunieron para analizar si correspondía que se apliquen las recientes modificatorias del Código Procesal Civil respecto del recurso de casación en los procesos contenciosos administrativos.

Al respecto, los magistrados por unanimidad llegaron a los siguientes acuerdos:

  • Para el trámite del recurso de casación en los Procesos Contenciosos Administrativos se aplica, por razón de la especialidad, la Ley del Proceso Contencioso Administrativo, toda vez que solo procede la aplicación supletoria del Código Procesal Civil en caso de vacío y siempre que sus disposiciones sean compatibles con la naturaleza de referido proceso.
  • En los recursos de casación respecto de pretensiones cuantificables, procederá el recurso de casación cuando la cuantía sea superior a 140 URP, conforme a lo establecido en la Ley del Proceso Contencioso Administrativo.
  • La figura del doble conforme en lo relativo a la tramitación de un recurso de casación será aplicable solo para los procesos urgentes cuando la sentencia de segunda instancia confirme la de primera que ampara la pretensión, conforme a lo establecido en la Ley del Proceso Contencioso Administrativo.
Fuente
Poder Judicial del Perú
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