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Ley N° 31152: Nulidad de despido de trabajadora gestante durante el periodo de prueba o sujeta a jornada de trabajo a tiempo parcial

Alerta Legal | Laboral

5 de abril, 2021

El 01 de abril del 2021, se publicó en el diario oficial “El Peruano” la Ley Nº 31152, mediante la cual, se modifica el inciso e) del artículo 29 del TUO del Decreto Legislativo 708, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobada por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, relativo a la nulidad de despido por motivo de embarazo, nacimiento y sus consecuencias, o lactancia.

De acuerdo a los nuevos términos del citado inciso e) del artículo 29, se considera como despido nulo en los casos de embarazo, nacimiento y consecuencias, o lactancia, aquel efectuado durante el periodo de prueba, así como en los casos en que la trabajadora preste sus servicios bajo una jornada a tiempo parcial de 4 o menos horas diarias, siempre que el empleador sea notificado documentalmente del embarazo de la trabajadora en forma previa al despido, sin perjuicio de la facultad del empleador de despedir por causa justa.