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Modifican disposiciones respecto a los Órganos instructores y Sancionadores en el Sector Energía

Alerta Legal | Energía

21 de septiembre, 2022

El 18 de setiembre del 2022 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Consejo Directivo N° 173-2022-OS/CD (la “Resolución”) a través de la cual el Organismo Supervisor en Energía y Minería (“OSINERGMIN”) modificó el numeral 1.1 del artículo 1 del Anexo 1 “Disposiciones relacionadas a instancias administrativas en los procedimientos tramitados ante OSINERGMIN” de la Resolución de Consejo Directivo N° 057-2019-OS/CD, que estableció los Órganos instructores y sancionadores que se encuentran a cargo de los actos de instrucción y de sanción en el sector energía.

Al respecto, es importante mencionar que, en la Resolución de Consejo Directivo N° 057-2019-OS/CD se establecen una serie de notas al pie de página, a partir de las cuales se brinda un mayor alcance de los términos que son empleados para la descripción de las actividades sobre las cuales los distintos Órganos instructores y sancionadores ejercen competencias.

Así, de una revisión de los procedimientos administrativos sancionadores relacionados con las actividades de hidrocarburos, el OSINERGMIN logró percatarse de que la nota 3, que desarrolla el alcance del término “Explotación” y la nota 4, que desarrolla el alcance del término “Líquidos”, al pie de página de la Resolución de Consejo Directivo N° 057-2019-OS/CD, no han sido debidamente desarrolladas.

En tal sentido, la Resolución tiene como objeto modificar el desarrollo de ambas notas al pie de página de la Resolución de Consejo Directivo N° 057-2019-OS/CD, a fin de precisar las competencias del Jefe de Exploración y Explotación de Hidrocarburos Líquidos y del Jefe de Transporte Marítimo y Ductos de Hidrocarburos Líquidos, como órganos instructores.

Los invitamos a contactarnos a efectos de poder brindarles mayores alcances sobre los efectos de las novedades normativas mencionadas precedentemente.