El 9 de enero de 2026 se publicó la Resolución N° 3-2026-OS/CD, que modifica los rubros II.1 y II.5; literal a) de la tipificación y escala de multas correspondiente a infracciones de incumplimiento para la implementación, ejecución y operatividad del Fondo de inclusión Social Energético (FISE) aplicable al descuento en la compra del balón de gas.
Las modificaciones son las siguientes:
Rubro II.1: No realizar oportunamente las transferencias al Administrador de los montos recaudados
| Anterior | Nueva |
|---|---|
| MultaNCA = 0,0005 × ᵢ₌₁∑⁶ MontoNCAi × [(1,084)^(ni/365) − 0,95] | Multa = 1.07 * UL + 0.0002 * M * ((1,087)^(n/365) − 1) |
Donde:
UL: Usuarios libres del agente fiscalizado durante el mes en que se detecta el incumplimiento y toma los siguientes valores:
- UL = 1, si la cantidad de usuarios libres es ''hasta'' 200.
- UL = 1.5, si la cantidad de usuarios libres es ''mayor'' 200.
Multa: Sumatoria de las multas mensuales estimadas correspondientes al periodo fiscalizado (se expresa en UIT).
M: Monto no transferido por el ''Agente Fiscalizado'' en el mes.
n: Número de días en exceso al plazo establecido.
RUBRO II.5, literal a): No cumplir con los aspectos de gestión de las actividades; a) no facturar o determinar incorrectamente el recargo al usuario libre
| Anterior | Nueva |
|---|---|
| MultaGF = (0,52 + M * 0,000001) * N | Multa = 0,52 * UL + 0,0000004 * M |
Donde:
UL: Usuarios libres del agente fiscalizado durante el mes en que se detecta el incumplimiento y toma los siguientes valores:
- UL = 1, si la cantidad de usuarios libres es ''hasta'' 200.
- UL = 1.5, si la cantidad de usuarios libres es ''mayor'' 200.
Multa: Sumatoria de las multas mensuales correspondientes al periodo fiscalizado (se expresa en UIT).
M: Importe omitido en la facturación mensual a usuarios libres.
Vigencia
Entra en vigencia a partir del 10 de enero del 2026. Para los procedimientos administrativos sancionadores que se encuentran en trámite, rige la Tipificación y Escala de Multas vigente a la fecha de comisión de la infracción, salvo que la posterior le sea más favorable.