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Publican proyecto de norma que establece disposiciones sobre la planificación energética

Alerta Legal | Energía y Cambio Climático

09 jul 2026 Perú 3 min de lectura

El 9 de julio del 2026 se publicó mediante Resolución Ministerial Nº 270-2026-MINEM/DM, el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las disposiciones normativas que regulan la planificación energética la cual establece condiciones, alcances, plazos y etapas de la planificación energética a cargo del MINEM.


Principales disposiciones del proyecto

La norma bajo comentario propone, en resumen, las siguientes disposiciones.

1. Sujetos comprendidos

Personas naturales y jurídicas de los subsectores (electricidad e hidrocarburos); el MINEM y entidades públicas y privadas.

2. Plataforma Digital de Planificación Energética Integrada Nacional (PDPEN)

Se crea el PDPEN como una herramienta de soporte para contribuir al cumplimiento de los objetivos de la planificación energética, a cargo de la DGEE.

3. Remisión de Información

En el marco de dicha planificación, los sujetos comprendidos, en un plazo de (60) días calendario contados desde el día siguiente que el MINEM lo solicite, deberán remitir información relevante para la planificación energética. La información deberá incluir lo siguiente:

Para prospectivas energéticas:

  • Proyección de variables macroeconómicas, nacionales, sectoriales y precios de la energía; 
  • Tecnologías relevantes del sector; 
  • Planes de inversión relacionados a hidrocarburos, electricidad e hidrógeno, incluyendo reservas probadas, probables y posibles de hidrocarburos;
  • Consumo esperado en industrias intensivas en demanda energética.

Para estadísticas energéticas:

  • Sistemas energéticos existentes; 
  • Identificación y caracterización de zonas con disponibilidad de recursos naturales para la producción de energía;
  • Demanda y uso de la energía desagregada para un adecuado diagnóstico y otras necesarias para la planificación energética.

4. Publicación de planes 

A partir de la información recopilada, los documentos preliminares del Plan Energético Integrado Nacional de Largo Plazo o planes específicos se publicarán en el portal del MINEM para comentarios de partes públicas y privadas por un plazo no menor de (30) días hábiles.

  • Plan Energético Integrado Nacional de Largo Plazo, se desarrolla cada (4) años para un horizonte de hasta (30) años.
  • Planes específicos, se desarrollan cada (4) años. Los reportes de actualización son cada año.

El MINEM podrá emitir un reporte de revisión de perspectivas y planes energéticos por variaciones en las proyecciones energéticas en caso de nueva información (La emisión del reporte no excederá el plazo de (2) años desde la publicación del Plan Energético Integrado Nacional correspondiente).

5. Presentación de comentarios

Los comentarios sobre el proyecto se pueden presentar hasta el 29 de julio del 2026 a través de mesa de partes del MINEM.

Proyecto de Decreto Supremo que aprueba disposiciones normativas que regulan la planificación energética

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