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- Mediante Resolución Administrativa Nº 000416-2022-CE-PJ de fecha 8 de diciembre de 2022 expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (publicada en el diario Oficial El Peruano) el 13 de diciembre de 2022, se estableció que las vacaciones correspondientes al año judicial 2023, para magistrados y personal auxiliar del Poder Judicial, se harán efectivas en un solo período del 01 de febrero al 02 de marzo de 2023.
- Durante este periodo funcionarán los denominados “Órganos Jurisdiccionales de Emergencia” que serán propuestos por los Presidentes de las Cortes Superiores. Los Órganos Jurisdiccionales de Emergencia seguirán conociendo los procesos que tienen a su cargo y además atenderán exclusivamente las siguientes materias de los órganos jurisdiccionales que saldrán de vacaciones:
- Penal: Hábeas Corpus, calificación de denuncias con detenidos, tramites de libertades, apelación de mandato de detención, tramite de procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones.
- Civil: Acciones de garantía y medidas cautelares fuera de proceso.
- Familia: Consignaciones de alimentos, autorización de viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores, así como medidas cautelares de régimen provisional de visitas, entrega de menores en forma de ejecución anticipada, tenencia provisional, procesos sobre interdicción civil tramitados ante los Juzgados de Familia en materia tutelar y en las Salas Superiores; y casos de aplicación del Convenio de la de 1980 “Sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores” y la “Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores”.
- Laboral: Consignaciones laborales.
- Además todas aquellas solicitudes que los jueces de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente atención en materia Contencioso Administrativo, Constitucional y Previsional u otras que estimen conveniente.
- Durante las vacaciones judiciales los plazos procesales no se suspenden.
- Las audiencias, informes orales y otras diligencias judiciales fijadas para el mes de febrero, serán reprogramadas de oficio preferentemente para el mes de marzo.
- En el anexo del presente documento, detallamos las principales Salas y Juzgados de Vacaciones del Distrito Judicial de Lima.
Anexo
Salas y Juzgados de vacaciones
Por su parte, mediante Resolución Administrativa Nº 00045-2023-P-CE-PJ de fecha 20 de enero del 2022, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 25 de enero del 2023, se dispuso poner en funcionamiento los siguientes órganos jurisdiccionales de emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima durante el período comprendido entre el 1 de febrero y el 2 de marzo del 2023:
1. Corte Suprema de la República:
En la Corte Suprema de la República la Sala Penal Permanente continuará atendiendo tanto los expedientes a su cargo como las situaciones de emergencia que se presenten en las Salas Penales Transitorias. También atenderá la Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria.
2. Corte Superior de Lima
Una Mesa de Partes recepcionará asuntos correspondientes a las materias Civil, Penal y de Derecho Constitucional y Social.
En el ámbito de la Corte Superior de Justicia de Lima se dispuso el funcionamiento de los siguientes Órganos jurisdiccionales de Emergencia:
2.1. Salas Superiores
- Sala Civil con Sub Especialidad Comercial.
- Sala Constitucional de Vacaciones.
- Sala de Familia de Vacaciones.
- Sala Laboral de Vacaciones.
- Sala Contencioso Administrativa de Vacaciones.
- Sala Penal Liquidadora de Vacaciones.
- Sala Penal de Apelaciones de Vacaciones especializada en delitos de Corrupción funcionarios, Crimen Organizado, proceso inmediato y aduanero tributario, de propiedad intelectual y ambientales.
2.2. Juzgados Especializados
- Juzgados Civiles
Se mantienen nueve (09) Juzgados que alternarán con los juzgados que han salido de vacaciones, según la siguiente distribución.
| Juzgado | Alternará |
| 3º | 1º, 2º, 9º, 11º y 14º Juzgado Civil y del Juzgado Civil Transitorio |
10º | 15º, 16º, 19º, 20º y 21º Juzgado Civil |
23º | 25º, 26º, 27º, 28º y 29º Juzgado Civil |
36º | 31º, 32º, 33º, 34º y 37º Juzgado Civil y del Jugado Especializado en Ejecución de sentencias Supranacionales |
| 6º Juzgado Civil Transitorio | 1º y 2º Juzgado Civil Transitorio |
| 7º Juzgado Civil Transitorio | 3º Juzgado Civil Transitorio |
| 8º Juzgado Civil Transitorio | 10º Juzgado Civil Transitorio |
| 9º Juzgado Civil Transitorio | 4º Juzgado Civil Transitorio |
Juzgados con Sub Especialidad Comercial:
Se mantienen dos (02) Juzgados que alternarán con los juzgados que han salido de vacaciones, según la siguiente distribución.
| Juzgado | Alternará |
| 5º | 1º, 2º, 4º, 6º,7º, 9º y 10º |
| 8º | 11º, 12º,13º,14º,15º, 16º y 17º |
- Juzgados Constitucionales:
La Jueza Gisela Haydee Ocaña Chalco, Jueza Supranumeraria de los Juzgados Civiles y Constitucionales de Lima atenderá los expedientes de los siguientes Juzgados:
| Juzgado | Fecha |
| 3º | Del 1 al 28 de febrero de 2023 |
| 1º, 2º,4º,6º,7º,9º,10º y 11º | Del 1 de febrero al 2 de marzo de 2023 |
- Juzgados Contenciosos Administrativos:
Se mantienen cuatro (04) Juzgados que alternarán con los juzgados que han salido de vacaciones, según la siguiente distribución.
| Juzgado | Alternará |
| 4º | 1º, 2º, 3º y 6º |
| 5º | 7º, 8º, 9º, 10º y 11º |
| 17º | 12º,13º,14º, 15º y 16º |
| 18º | 19º, 20º, 21º, 22º, 23º, 25º y 26º |
- Juzgado de Familia:
Se mantienen tres (03) Juzgados que alternarán con los juzgados
que han salido de vacaciones, según la siguiente distribución.
| Juzgado | Alternará |
| 2º | 14º del 1 al 21 de febrero de 2023 y el 4º, 6º, 10º del 1 de febrero al 2 de marzo de 2023 |
| 3º | 5º, 16º, 18º, 19º y 20º |
| 17º | 1º, 7º, 8º, 9º, 11º, 12º, 13º, 15º y 21 |