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El 4 de febrero de 2022, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.420, que reduce o elimina exenciones tributarias, modificando el Código de Minería, norma que entrará en vigencia el 4 de febrero de 2023.
Los principales cambios al Código de Minería son:
- Modifica el procedimiento de constitución de concesiones mineras, estableciendo un nuevo sistema de coordenadas, el Datum SIRGAS. Las coordenadas de las concesiones constituidas con anterioridad a la entrada en vigencia de la nueva normativa deberán ser ajustadas al nuevo Datum e inscribirse marginalmente en los registros conservatorios, si se incumple con la obligación las concesiones caducarán.
- Las concesiones de exploración no podrán ser prorrogadas o renovadas por el actual titular o por personas relacionadas a él, y tendrán una vigencia de 4 años, al término de la concesión deberá entregarse la información geológica al SERNAGEOMIN.
- Se reducen los plazos en la solicitud de mensura y en la entrega del acta y planos de mensura, en las concesiones de explotación (manifestación). Adicionalmente, no será necesario construir los vértices o linderos de las concesiones de explotación en la operación de mensura, y el titular de la concesión cada 2 años deberá remitir la información geológica al SERNAGEOMIN.
- Se aumenta y se establece una patente de amparo progresiva, beneficiando a los concesionarios que ejecuten sus proyectos de explotación, eliminándose el beneficio de patente rebajada para las concesiones no metálicas.
- Y el cambio más esperado por las ERNC, dice relación que solo el minero que detente un título de ocupación y en especial sea titular de servidumbre legal minera, podrá interponer la denuncia de obra nueva, entre otras modificaciones.
- Las presentes modificaciones entrarán en vigencia el 4 de febrero de 2023.
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