Aprueban el nuevo Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General
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La norma entrará en vigor al día siguiente de la publicación. Con ello, se derogará el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS que aprobó el anterior Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 (“anterior TUO de la LPAG”).
1. Incorpora modificaciones a la Ley N° 27444
El nuevo TUO de la LPAG tiene como propósito incorporar las modificaciones realizadas a la Ley N° 27444 desde la publicación del anterior TUO de la LPAG. Estas modificaciones fueron introducidas a través de las siguientes normas:
- Decreto Legislativo N° 1497. Esta norma introdujo cambios en el régimen de notificación.
- Ley N° 31603. Esta norma redujo el plazo para resolver el recurso de reconsideración.
- Ley N° 31465. Con esta norma se introdujeron cambios para facilitar la recepción documental digital.
- Decreto Legislativo N° 1561. Mediante esta norma se introdujeron cambios en la regulación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados y del proceso de ratificación de tasas.
- Ley N° 31724. Con esta norma se aprobaron cambios en la regulación de pagos diferenciados por derechos de tramitación.
- Decreto Legislativo N° 1633. Con esta norma, se volvió a modificar el plazo para la resolución del recurso de reconsideración.
2. Numeración de artículos
Conforme a la definición contenida en el artículo IV del Título Preliminar del Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa aprobado por el D.S. 007-2022-JUS, el texto único ordenado es el documento que compila y sistematiza en un solo texto integral las normas contenidas en una ley o disposiciones reglamentarias de alcance general, a fin de otorgarle la coherencia sistemática que pudiera haber sido afectada como producto de las modificaciones y derogaciones dispuestas por normas posteriores hacia la citada norma. En ese sentido, es importante recordar que el motivo detrás de un texto único ordenado es la consolidación y simplificación para facilitar la revisión de las normas ante las modificaciones del texto legal original.
El nuevo TUO de la LPAG no cumple este propósito, pues en lugar de organizar y armonizar la ley original con sus modificatorias, ha replicado el texto de la Ley N° 27444 con sus modificaciones tal como fueron incorporadas por las sucesivas modificatorias que ha tenido el texto de dicha ley. En otras palabras, se ha aprobado un nuevo TUO que no refleja un texto ordenado y consolidado en su numeración, sino que es exactamente igual al texto de la Ley 27444 y sus modificaciones, incluyendo artículos con sus respectivos literales (por ejemplo, el artículo 228 (que regula los artículos de la actividad administrativa de fiscalización) que incluye una numeración que va desde el artículo 228-A hasta el 228-H).
Si bien dicho proceder se sustenta en el literal c) del numeral 2.2 de la Guía para elaboración de textos únicos ordenados, aprobada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en diciembre de 2024[1], que impone mantener la numeración original de la ley, consideramos que se trata de una decisión errónea que no tiene base normativa en la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa ni en su Reglamento. Por el contrario, consideramos que esta opción desnaturaliza el texto único ordenado y lo priva de alcanzar su finalidad ordenatoria. En suma, estamos frente a un “TUO” que en lugar de ordenar, contribuye poco a generar certidumbre en cuanto al orden sistemático y de la numeración de la LPAG, en línea con los anteriores TUO de los años 2017 y 2019. Lo que juzgamos desacertado y poco ajustado a la seguridad jurídica.
[1] Publicada con fecha 26 de diciembre de 2024 en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/minjus/informes-publicaciones/6322303-guia-para-la-elaboracion-de-textos-unicos-ordenados