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Nuevo proceso de control migratorio en el Puesto de Control Migratorio del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez

Alerta Legal | Aeronáutico

Oct 2020

Resolución de Superintendencia de Migraciones 000202-2020

Mediante Decreto Supremo 000157-2020-PCM, se aprobó la Fase 4 de la reanudación de actividades económicas dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.

Dentro del marco de la Ley del Gobierno Digital, aprobada mediante Decreto Legislativo 1412, se está aplicando el uso transversal de tecnologías digitales, en la modernización y digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública, en los tres niveles de gobierno, como es el caso de MIGRACIONES.

Como parte de la implementación de las disposiciones dadas mediante el Decreto Supremo 008-2020-SA, a través de la Resolución Ministerial 103-2020-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó los “Lineamientos para la atención ciudadana y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el COVID-19, en el ámbito del Decreto Supremo 008-2020-SA, en cuyo numeral 3.1 se  dispuso que, para la atención a la ciudadanía y funcionamiento de las entidades se debe Establecer, promover y difundir la mejora o implementación de diversos canales de atención y entrega de bienes y servicios a la ciudadanía, priorizando la adopción de canales telefónicos y digitales, a fin de evitar la aglomeración de ciudadanos en las instalaciones de las entidades, para lo cual se podrán dictar disposiciones específicas en el marco de la facilitación administrativa

Por ello mediante la Resolución de Gerencia 000046-2020-GG/MIGRACIONES se conformó un Grupo de Trabajo que elaboró el “Plan de Reinicio de Actividades en el Puesto de Control Migratorio del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez”, y se propuso las siguientes mejoras en el control migratorio:

  1. Pre registro de control migratorio virtual,
  2. Control migratorio a través del uso de dispositivos móviles – Tablets y aplicativos,
  3. Digitalización de documentos administrativos,
  4.  Eliminación del uso de sellos de control migratorio,
  5. Implementación de un sistema de control de aforo,
  6. Nueva distribución de los módulos de control migratorio,
  7. Propuesta de señalética para el distanciamiento físico,
  8. Rediseño de los módulos de control migratorio y
  9. Implementación de la “Sala de Verificación e Inadmisión” en el recinto de llegadas internacionales y medidas de bioseguridad.

De igual modo, se emitieron las siguientes recomendaciones:

  1. Necesidad de implementar el nuevo control migratorio con el mínimo contacto en el Puesto de Control Migratorio del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. – Para ello se propuso la realización de un pre registro de control migratorio, la eliminación de sellos de control migratorio siendo reemplazado por la Tarjeta Andina de Migración – TAM, y el uso de equipos tecnológicos que permitan el mínimo contacto.
  2. Sobre la implementación del pre-registro de control migratorio. – Realizar el Pre-Registro de Control Migratorio Virtual por aplicativos móviles, y el pasajero ingresará la información de interés migratorio y sanitario, generando un código QR y será escaneado por el servidor a cargo del control migratorio.
  3. Respecto de la eliminación del uso de sellos en el control migratorio. -  el “Plan de Reinicio de Actividades en el Puesto de Control Migratorio del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez” dispone la eliminación de sellos de control migratorio, y se respalda en el registro migratorio por la TAM Virtual, debiendo comunicar al Ministerio de Relaciones Exteriores a fin que su condición de autoridad migratoria gestione la disponibilidad de dicha información a través del TIMATIC.

Consecuentemente a partir del 5 de octubre de 2020 se dispone el reinicio de las actividades del Puesto de Control Migratorio del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez y en forma progresiva se podrán efectuar:

  1. Pre Registro de Control Migratorio virtual dentro de las cuarenta y ocho (48) horas previas a la salida de su vuelo.
  2. Asimismo, el Ministerio de Relaciones Exteriores pondrá a disposición del TIMATIC dicha información para conocimiento de pasajeros y aerolíneas que operan en territorio peruano y de las representaciones diplomáticas de los países receptores de vuelos.
  3. El uso de la Tarjeta Andina Migratoria TAM Virtual, suspendiéndose el uso de los sellos.
Referencias Jurídicas
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA-000202-2020-MIGRACIONES
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