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El TJUE amplía el análisis del abuso en la exención de dividendos matriz-filial: la sustancia de la sociedad receptora no excluye el examen de toda la cadena

27 oct 2026 España 2 min de lectura

Análisis de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de octubre de 2026, NEO GROUP (C-203/25), relativa a la aplicación de la cláusula antiabuso de la Directiva 2011/96/UE sobre sociedades matrices y filiales.

El TJUE concluye que la existencia de una sociedad matriz que desarrolla una actividad económica real y no tiene carácter instrumental no excluye, por sí sola, la existencia de abuso. La Administración puede analizar globalmente la cadena de operaciones y denegar la exención de retención en origen cuando acredite que existen fases falseadas y que la estructura persigue, como propósito principal o uno de sus propósitos principales, una ventaja fiscal contraria al objeto o finalidad de la Directiva.

La sentencia refuerza así un enfoque sustancial y global de las estructuras internacionales, pero introduce al mismo tiempo límites relevantes: no existe una presunción general de abuso, corresponde a la Administración acreditar sus elementos constitutivos y el examen debe atender objetivamente a todos los hechos y circunstancias pertinentes.

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